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MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA DE 2005

30/09/2005
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Orden de 27 de septiembre de 2005, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la estructura presupuestaria de 2005 (BOCAM de 30 de septiembre de 2005). Texto completo.

§1012791

ORDEN DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2005, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA DE 2005.

Por Decreto 85/2005, de 15 de septiembre, se establecen las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración. La creación de una estructura a cuyo frente se encuentra un Consejero supone la creación de la Consejería de Inmigración como órgano superior de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución de la política del Gobierno en materia de inmigración y cooperación al desarrollo, competencias hasta ahora atribuidas a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

Con objeto de promover las políticas de coordinación y planificación de los servicios sociales, así como realzar el esfuerzo necesario que las Administraciones Públicas deben realizar para canalizar el apoyo solidario que la sociedad madrileña presta a las políticas públicas en el ámbito social se crea la Dirección General de Voluntariado y Promoción Social mediante Decreto 90/2005, de 22 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 126/2004, de 29 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

Estas modificaciones de la organización básica de la Comunidad de Madrid suponen una distinta distribución de las competencias para la ejecución de los Presupuestos Generales para 2005 aprobados por la Asamblea y requiere el correlativo reflejo en las clasificaciones orgánica, funcional y de programas de la nueva estructura resultante.

En razón a ello, el nexo de unión entre la estructura administrativa y la presupuestaria se establece determinando la relación entre los nuevos órganos administrativos con las secciones y programas presupuestarios establecidos en los Presupuestos Generales aprobados para 2005.

Por otra parte, en la Disposición Adicional Segunda del citado Decreto 85/2005, se autoriza a la Consejera de Hacienda a asignar los programas presupuestarios a cada Consejería de acuerdo con la distribución de las competencias establecidas, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones sobre los presupuestos necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2005, de acuerdo con las estructuras presupuestarias existentes. Se autoriza a la Consejera de Hacienda a realizar las modificaciones técnicas necesarias en las estructuras, contenido y distribución de los créditos, con el fin de adecuar los Presupuestos de la Comunidad de Madrid a la organización administrativa vigente. La Disposición Adicional Cuarta del Decreto 90/2005, autoriza a la Consejería de Hacienda para habilitar y modificar los créditos presupuestarios derivados de la modificación orgánica.

Asimismo, la Disposición Adicional Sexta de la Ley 4/2004, de Presupuestos Generales para 2005, autoriza la Consejería de Hacienda para efectuar en los estados de gastos e ingresos de los presupuestos aprobados, así como en los correspondientes Anexos, las adaptaciones técnicas que sean precisas, derivadas de reorganizaciones administrativas. Su aplicación podrá dar lugar a la apertura, modificación o supresión de cualquier elemento de las clasificaciones orgánica, económica, funcional y por programas, pero no implicará incrementos en los créditos globales del Presupuesto, salvo cuando exista una fuente de financiación.

Por cuanto antecede, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 4/2004, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005; en la Disposición Adicional Segunda del Decreto 85/2005, y la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 90/2005,

DISPONGO

Primero

Crear la siguiente sección presupuestaria:

Imagen omitida.

Segundo

Crear los siguientes programas presupuestarios adscritos a la sección 22 “Inmigración”:

Imagen omitida.

Tercero

Crear el siguiente programa presupuestario adscrito a la sección 19 “Familia y Asuntos Sociales”:

Imagen omitida.

Cuarto

Se asignan al nuevo programa 981 de la sección 22 “Inmigración” los subconceptos de gastos asociados a ingresos del programa 908, contenidos en el Anexo IV de la Ley 4/2004, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005, partidas 22810 y 25410, incluidos en el Plan de Integración Social de Inmigrantes, con la misma actuación y por el importe pendiente de ejecución Quinto

Se asignan al nuevo programa 906 de la sección 19 “Familia y Asuntos Sociales” los subconceptos de gastos asociados a ingresos del programa 908, contenidos en el Anexo IV de la Ley 4/2004, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2005, partidas 22620, 22740 y 22760, incluidos en el Plan de Voluntariado, con la misma actuación y por el importe pendiente de ejecución.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se habilita a la Dirección General de Presupuestos y a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para dictar las instrucciones que sean necesarias en desarrollo de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

No obstante, la modificación de la estructura presupuestaria surtirá efectos desde la entrada en vigor de los Decretos 85/2005, de 15 de septiembre, y Decreto 90/2005, de 22 de septiembre.

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