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ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA

26/08/2005
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Orden Foral 84/2005, de 23 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica parcialmente la estructura organizativa del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos (BON de 26 de agosto de 2005). Texto completo.

§1012344

ORDEN FORAL 84/2005, DE 23 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA POLICÍA FORAL DE NAVARRA A NIVEL DE BRIGADAS Y GRUPOS.

Mediante Orden Foral 55/2004, de 13 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se desarrolló el Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral de Navarra a nivel de brigadas y grupos y se determinó el procedimiento para su implantación operativa.

Tras la implantación de un sistema de seguridad privada en los edificios de las Comisarías de Pamplona y Tudela se ha producido una disminución de las funciones operativas que tenían encomendadas las unidades policiales Grupo Comisaría Pamplona y Grupo Comisaría Tudela, que hacen aconsejable su supresión, a la par que un incremento de las que tiene encomendadas la Brigada de Prevención.

En su virtud, a propuesta del Director General de Interior,

ORDENO:

1.º Modificar parcialmente la estructura organizativa del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral a nivel de brigadas y grupos; a tal efecto los artículos 2 y 3 de la Orden Foral de 55/2004, de 13 de septiembre, de este Consejero, tendrán la redacción que sigue:

Artículo 2.1. Corresponde a la Brigada de Protección de Edificios la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:

a) La vigilancia, control y custodia de los edificios institucionales de la Comunidad Foral que por sus especiales circunstancias se determinen por el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

b) Proporcionar seguridad y protección a las personas que se encuentren en los edificios a custodiar.

2. Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Protección de Edificios se estructura en los siguientes grupos:

a) Grupo de Justicia.

b) Grupo de Instituciones.

3. Los Grupos a los que hace referencia del apartado anterior tendrán carácter central.

Artículo 3.1. Corresponde a la Brigada de Prevención la ejecución directa de las tareas policiales siguientes:

a) Proporcionar seguridad, protección y auxilio a las personas y bienes, especialmente en situaciones de emergencia.

b) La vigilancia de espacios públicos.

c) La protección y ordenación de manifestaciones y grandes concentraciones humanas en general.

d) Evitar y perseguir las acciones que pudieran generar responsabilidad penal o administrativa, adoptando medidas preventivas a tal efecto.

e) Procurar una percepción de seguridad y bienestar en la ciudadanía y garantizar el ejercicio de derechos.

f) La custodia de vehículos y demás bienes en depósito en las comisarías.

g) Ejecución, en su caso, del depósito de detenidos, la custodia y el traslado de los mismos.

2. Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Prevención se estructura en los siguientes grupos:

a) Grupo de Prevención Pamplona.

b) Grupo de Prevención Tudela.

El grupo a) del apartado anterior tendrá carácter central y el grupo b) tendrá carácter territorial.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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