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CERTAMEN DE PINTURA

22/08/2005
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Orden de 10 de agosto de 2005 por la que se convoca el Certamen de Pintura dirigido a todos los profesionales de Centros Sanitarios Públicos radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 20 de agosto de 2005). Texto completo.

§1012295

ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2005 POR LA QUE SE CONVOCA EL CERTAMEN DE PINTURA DIRIGIDO A TODOS LOS PROFESIONALES DE CENTROS SANITARIOS PÚBLICOS RADICADOS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

Mediante Orden de esta Consejería de Sanidad y Consumo de 25 de julio de 2005 (Diario Oficial de Extremadura número 88, de 30 de julio) se crea el Certamen Literario de Narraciones Cortas, Pintura y Fotografía dirigido a las personas que desarrollan su actividad laboral en el ámbito del Sistema Sanitario Público en Extremadura con el fin de fomentar y estimular la actividad artística y cultural de los mismos, así como favorecer el encuentro e intercambio entre los profesionales de la sanidad y el conjunto de los ciudadanos extremeños.

En virtud de lo expuesto en la citada Orden, DISPONGO:

Primero. Convocar el Certamen de Pintura para la edición 2005.

Segundo. Aprobar las siguientes Bases que regirán el Certamen de Pintura para la edición 2005:

BASES Base primera. Destinatarios.

Podrán concurrir a este Certamen de Pintura, todas las personas que presten sus servicios en centros, establecimientos o servicios sanitarios públicos radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de la Administración Pública de la que dependan y de la vinculación laboral que mantengan, incluidos aquellos que habiendo prestado dichos servicios estén actualmente jubilados.

Base segunda. Participación.

1. Los participantes deberán ser autores y propietarios de sus obras. Tales circunstancias deberán ser acreditadas mediante la correspondiente declaración jurada.

2. Los participantes podrán presentar una única obra.

3. Las obras presentadas serán rigurosamente originales, inéditas, no premiadas en otros concursos y no podrán encontrarse pendientes de resolución en otro certamen mientras se desarrolla esta convocatoria.

4. La técnica podrá ser Óleo, Acrílico o Acuarela o combinaciones de las anteriores, quedando excluidas del presente certamen fotomontajes o collages.

5. Tanto la temática, la forma como el soporte son libres.

6. Las obras se entregarán protegidas por un soporte que asegure su correcta conservación y manipulación.

7. Cada concursante deberá presentar su obra identificada en su dorso exclusivamente con un título o referencia, que coincidirá con el expuesto en el anverso de un sobre cerrado que contendrá en su interior los datos personales del autor: nombre, apellidos, domicilio, teléfono de contacto, así como su vinculación profesional con la administración pública sanitaria de la que dependa, acompañado de fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Base tercera. Lugar y plazos.

1. Las obras presentadas deben dirigirse al SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD, Avda. de las Américas, nº 2 (C.P. 06800) Mérida, indicando en el sobre “Certamen de Pintura” y podrán ser presentadas en el registro del Servicio Extremeño de Salud, o en cualquiera de los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo de presentación de las obras finalizará el día 4 de noviembre de 2005.

Base cuarta. Jurado.

1. El Jurado de Selección estará constituido por los siguientes miembros, actuando el Secretario con voz pero sin voto:

Presidente:

D. Tomás Pulido Cordero Secretaria del Jurado:

Dª Mª Felicidad Barroso Pinilla Vocales:

Dª Mª Victoria Caballero Guill D. Juan Carlos Núñez Crespo Dª Ana García Ortiz D. José Manuel Gamero Gil D. Michel Hubert Lepicouché 2. La participación como miembro del Jurado no dará lugar a retribución de clase alguna, sin perjuicio de la percepción de indemnizaciones a que hubiere lugar según el Decreto 51/1989, de 11 de abril, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

3. Los gastos anteriormente mencionados serán a cargo de la correspondiente partida incluida en los presupuestos del Servicio Extremeño de Salud.

Base quinta. Criterios para la selección y adjudicación de los premios.

1. Finalizado el plazo de presentación, se reunirá el conjunto de las obras en una sala pública apropiada para ser expuesta y evaluada por el Jurado de Selección que será citado al efecto por convocatoria de su Presidente y procederá a la valoración de las obras presentadas conforme a criterios de calidad artística y técnica. Una vez seleccionadas, se procederá a la identificación de las personas premiadas a través de la Secretaria del Jurado, que abrirá los sobres que identifican los trabajos premiados con el lema o seudónimo de cada autor. Seguidamente se procederá a la selección de obras que permanecerán expuestas públicamente durante un periodo de quince días.

2. Las decisiones del Jurado serán adoptadas por mayoría simple teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate.

3. El fallo del jurado será inapelable y se hará público una vez finalizada la sesión decisoria, tras la cual se trasladará la propuesta de resolución al Consejero de Sanidad y Consumo, publicándose en el Tablón de Anuncios del Servicio Extremeño de Salud, de la Consejería de Sanidad y Consumo y en el periódico “Salud Extremadura”.

Base sexta. Premios.

1. Se establecen tres premios: El primero dotado con 1.500 €, el segundo con 1.000 € y el tercero con 750 €.

2. Un mismo autor sólo podrá obtener un premio independientemente del número de obras que presente.

3. Los premios podrán ser declarados desiertos.

4. Los premios se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.100.411.C.16.209 del Servicio Extremeño de Salud para el ejercicio 2005. La financiación de la presente Orden queda condicionada suspensivamente a la existencia del crédito adecuado y suficiente en los presupuestos correspondientes.

5. La Consejería de Sanidad y Consumo, no asume ninguna responsabilidad por los daños, robo, pérdida u otros riesgos similares sobre las obras de los concursantes, desde la entrega por cualquiera de los medios establecidos hasta su devolución.

6. Las obras premiadas pasarán a ser titularidad de la Junta de Extremadura, incluidos los derechos de autor que se entienden cedidos por su participación. Las obras presentadas y no premiadas deberán ser retiradas por sus autores, durante un plazo de tiempo de tres meses a partir de la fecha de la resolución del Certamen, o en su caso a partir de la finalización de la exposición pública a que hace referencia la Base V apartado 1, transcurrido este tiempo la Junta de Extremadura podrá decidir el fin y destino de las obras.

Base séptima. Reglas generales.

La participación en el presente Certamen supone el sometimiento y aceptación del contenido de la presente Orden.

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