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SEGUIMIENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS

08/08/2005
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Decreto 84/2005 de 29 de julio, por el que se suprime la Comisión Interdepartamental de Seguimiento de Proyectos Estratégicos (BOCAIB de 6 de agosto de 2005). Texto completo.

§1012104

DECRETO 84/2005 DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE SUPRIME LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL DE SEGUIMIENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS.

Mediante el Decreto 84/2000, de 19 de mayo (BOIB núm. 67, de 30 de mayo de 2000), fue creada la Comisión Interdepartamental de Seguimiento de Proyectos Estratégicos. Esta Comisión tenía la función, entre otras, de hacer el seguimiento e impulsar los programas y los proyectos que debían ejecutar de manera compartida las diferentes consejerías del Gobierno de las Illes Balears.

El artículo 2.1 del Decreto 8/2003, del presidente de las Illes Balears, por el cual se establece la estructura orgánica básica de la Vicepresidencia y de las consejerías del Gobierno de las Illes Balears, estructuró la Consejería de Relaciones Institucionales en diversos órganos directivos entre los cuales figuraba la Dirección General de Proyectos, la cual asumió las mismas funciones y competencias que ejercía en la Consejería de Presidencia extinguida. El Decreto 14/2003, de 10 de julio, del presidente de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2003, de 30 de junio, y del Decreto 10/2003, de 4 de julio, del presidente de las Illes Balears, de modificación del anterior, cambió la denominación de la Dirección General de Proyectos, que pasó a denominarse Dirección General de Proyectos y Coordinación Departamental, centro directivo que asumió, además de las funciones atribuidas por el Decreto 8/2003 mencionado, las funciones que tenía asignadas el Servicio de Arquitectura de la Dirección General de Patrimonio y Entidades Jurídicas, de la extinguida Consejería de Presidencia.

Así pues, mediante las sucesivas regulaciones y modificaciones, la Dirección General de Proyectos y Coordinación Departamental, se ha configurado como el órgano que, de forma ordinaria, se encarga del impulso y el seguimiento de los proyectos y los programas estratégicos derivados de la acción de gobierno así como de la necesaria coordinación de actuaciones de los órganos directivos de las consejerías de la Administración autonómica y de las entidades autónomas y empresas públicas.

Según lo expuesto, y para evitar la duplicidad de órganos con idénticas funciones, hace falta suprimir la Comisión Interdepartamental de Seguimiento de Proyectos Estratégicos.

De conformidad con el artículo 19.5 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la supresión de los órganos colegiados tiene que hacerse de la misma manera que la utilizada para crearlos.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 29 de julio de 2005, decreto:

Artículo único Se suprime la Comisión Interdepartamental de Seguimiento de Proyectos Estratégicos, cuyas funciones están atribuidas a la Consejería de Relaciones Institucionales, mediante la Dirección General de Proyectos y Coordinación Departamental.

Disposición derogatoria única Se deroga el Decreto 84/2000, de 19 de mayo, por el cual se crea la Comisión Interdepartamental de Seguimiento de Proyectos Estratégicos.

Disposición final única Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de haber sido publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

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