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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN 26/2005

05/08/2005
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Orden nº 33/05 de, 3 de agosto, por la que se modifica la Orden 26/05, de 7 de julio, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regula la actualización de datos e identificación de agricultores para su inclusión en el Régimen de Pago Único de la Política Agrícola Común (BOR de 5 e agosto de 2005). Texto completo.

§1012093

ORDEN Nº 33/05 DE, 3 DE AGOSTO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 26/05, DE 7 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO POR LA QUE SE REGULA LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS E IDENTIFICACIÓN DE AGRICULTORES PARA SU INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN DE PAGO ÚNICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN.

La Orden APA/1171/2005, de 15 de abril, sobre actualización de datos e identificación de agricultores para la aplicación del régimen de pago único establece que antes del 15 de julio habrá de presentarse por los agricultores, ante las Comunidades Autónomas, las comunicaciones de los datos y documentación correspondiente a su situación a los efectos de la aplicación del citado régimen.

Las dificultades de la puesta en marcha del nuevo sistema, único al elevado número de situaciones a presentarse, hace necesario modificar la fecha límite para la presentación de las solicitudes de actualización y/o comunicación, habiendo prorrogado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el plazo fijado en la citada Orden APA/1171/2005, de 15 de abril, mediante la Orden APA/2261/2005, de 13 de julio, estableciendo como nueva fecha límite el 15 de agosto, inclusive.

Dicha prórroga ha de tenerse en cuenta a los efectos del plazo establecido en la Orden 26/05, de 7 de julio de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regula la actualización de datos e identificación de agricultores para su inclusión en el régimen de pago único de la Política Agrícola Común en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Sin perjuicio de la aplicabilidad directa de las disposiciones anteriores y con el fin de aplicar tal prórroga en la Comunidad Autónoma de La Rioja y haciendo uso de las competencias legalmente concedidas, tengo a bien,

Disponer

Artículo Único.- Se prorroga hasta el día 15 de agosto de 2005, inclusive, el plazo de presentación de solicitudes de actualización y/o comunicación establecido en el apartado 5 del artículo 9 de la Orden 26/05, de 7 de julio de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico por la que se regula la actualización de datos e identificación de agricultores para su inclusión en el régimen de pago único de la Política Agrícola Común en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición Transitoria Única.- Las solicitudes presentadas en la convocatoria abierta en la Orden 26/2005, de 7 de julio de 2005, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico, por la que se regula la actualización de datos e identificación de agricultores para su inclusión en el régimen de pago único de la Política Agrícola Común, desde la finalización del plazo hasta la entrada en vigor de la presente Orden, se resolverán por lo dispuesto en la citada norma.

Disposición Final Única.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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