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DISTINTIVO DE GARANTÍA DE CALIDAD AMBIENTAL

04/07/2005
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Resolución MAH/2048/2005, de 31 de mayo, por la que se renueva el otorgamiento del distintivo de garantía de calidad ambiental de las categorías de servicios de talleres de vehículos, establecimientos de turismo rural, instalaciones juveniles y establecimientos hoteleros (DOGC de 4 de julio de 2005). Texto completo.

§1011419

RESOLUCIÓN MAH/2048/2005, DE 31 DE MAYO, POR LA QUE SE RENUEVA EL OTORGAMIENTO DEL DISTINTIVO DE GARANTÍA DE CALIDAD AMBIENTAL DE LAS CATEGORÍAS DE SERVICIOS DE TALLERES DE VEHÍCULOS, ESTABLECIMIENTOS DE TURISMO RURAL, INSTALACIONES JUVENILES Y ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS.

Considerando la solicitud de renovación del Distintivo de garantía de calidad ambiental por los servicios de las empresas que figuren en el anexo de esta Resolución;

De conformidad con el Acuerdo de delegación de funciones del Pleno del Consejo de Calidad Ambiental en materia de etiquetaje ecológico a la Comisión Restringida, aprobado en la reunión del Consejo del 20 de marzo de 2003;

Visto el Acuerdo adoptado por la Comisión Restringida de Calidad Ambiental de fecha 31 de mayo de 2005, en el que se constata que los servicios que figuran en el anexo de esta Resolución cumplen los criterios de la categoría de servicios anteriormente mencionada;

En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 9 del Decreto 316/1994, de 4 de noviembre, sobre otorgamiento del Distintivo de garantía de calidad ambiental, modificado posteriormente por el Decreto 296/1998, de 17 de noviembre, por el que se amplía el ámbito del Distintivo de garantía de calidad ambiental a los servicios,

Resuelvo:

.1 Renovar el otorgamiento del Distintivo de garantía de calidad ambiental a las empresas que figuran en el anexo de esta Resolución por los servicios que en él se indican por un plazo de 3 años a contar desde la fecha de esta Resolución.

.2 Proceder a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto citado anteriormente.

.3 Notificar a las personas interesadas la presente Resolución, la cual se sujeta a las obligaciones generales que resultan del Decreto citado anteriormente, específicamente las señaladas en sus artículos 10, 12 y 16, y a las particulares siguientes:

a) El Distintivo de garantía de calidad ambiental será claramente visible y sólo podrá utilizarse con la forma, el color, el tamaño y las inscripciones indicadas en las Normas gráficas establecidas para la utilización del Distintivo de garantía de calidad ambiental. Los casos no cubiertos específicamente por las Normas gráficas deben ser previamente autorizados por la Dirección General de Calidad Ambiental.

b) El titular debe proporcionar a la Dirección General de Calidad Ambiental toda la información que se le solicite y debe facilitar las actuaciones de inspección y control que ésta ordene respecto al cumplimiento de las determinaciones que rigen el otorgamiento y el uso del Distintivo de garantía de calidad ambiental.

c) El titular no podrá seguir utilizando el Distintivo después de la expiración del plazo de otorgamiento.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente y Vivienda en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la Resolución, de acuerdo con lo que prevé el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Anexo

Solicitante: Remm Guitart, SL.

Núm. de solicitud: 110/001.

Sede: ps. del Terraplè, 51, 08750 Molins de Rei.

Categoría de servicio: talleres de vehículos.

Servicios:

Remm Guitart, SL, ps. del Terraplè, 51, 08750 Molins de Rei.

Remm Guitart, SL, av. Mestre Muntaner, 71, 08700 Igualada.

Remm Guitart, SL, av. Francesc Macià, 104-112, 08292 Esparreguera.

Remm Guitart, SL, c. Mallorca, 78, 08640 Olesa de Montserrat.

Solicitante: Cal Carulla, SCP.

Núm. de solicitud: 160/001.

Sede: Casa Carulla, s/n, 08282 L'Asto-Pujalt.

Categoría de servicio: establimientos de turismo rural.

Servicio: RCP Cal Carulla.

Sede: Casa Carulla, s/n, 08282 Pujalt.

Solicitante: la Parròquia del Sant Esperit.

Núm. de solicitud: 130/008.

Sede: apartado de correos, 145, 08220 Terrassa.

Categoría de servicio: instalaciones juveniles.

Servicio: Alberg Viladoms de Baix.

Sede: ctra. de la Bauma-Vacarisses, km 5,15, 08296 Castellbell i el Vilar.

Solicitante: Turisvall, SL.

Núm. de solicitud: 140/001.

Sede: c. Berruguete, 126, 08035 Barcelona.

Categoría de servicio: establimientos hoteleros.

Servicio: Hotel Alimara.

Sede: av. Can Marcet, 36, 08035 Barcelona.

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