Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/06/2005
 
 

RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD, CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD Y CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIA

08/06/2005
Compartir: 

A continuación se insertan los recursos de inconstitucionalidad, cuestiones de inconstitucionalidad y los conflictos positivos de competencia publicados en el BOE de 9 de junio de 2005.

§1010894

Recurso de inconstitucionalidad número 5081-2000, en relación con el artículo 43 del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en los mercados de bienes y servicios.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Gobierno de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad núm. 5081-2000, planteado en relación con el art. 43 del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en los mercados de bienes y servicios, declarándose extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 17 de octubre de 2000.

Recurso de inconstitucionalidad número 4419-2002, en relación con la Ley de Andalucía 1/2002, de 4 de abril, de ordenación, fomento y control de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura marina.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad núm. 4419-2002, planteado en relación con el apartado segundo del art. 23 y contra el inciso, “o desde el inicio del transporte cuando se trate de productos no sometidos a primera venta en lonja” del apartado primero del art. 68 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 1/2002, de 4 de abril, de ordenación, fomento y control de la pesca marítima, el marisqueo y la acuicultura marina, declarando extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 17 de septiembre de 2002.

Cuestión de inconstitucionalidad número 7754-2004, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley de Galicia 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 7754-2004 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley del Parlamento de Galicia núm. 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.

Cuestión de inconstitucionalidad número 12-2005, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley de Galicia 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de mayo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 12-2005 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con el inciso primero del artículo 19.5 de la Ley del Parlamento de Galicia núm. 5/1999, de 21 de mayo, de ordenación farmacéutica, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.

Conflicto positivo de competencia número 2741/1998, sobre Acuerdos y Resoluciones de 19 de enero y 13 y 28 de febrero de 1998, del Ministerio de Fomento, sobre expedientes sancionadores.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de marzo actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 2741-1998, planteado en relación con varios Acuerdos de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento de 19 de enero y 13 de febrero de 1998, sobre incoación de expedientes sancionadores, y Resoluciones de 28 de febrero de 1998 del Ministerio de Fomento por las que se resuelven expedientes sancionadores, declarándose extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 30 de junio de 1998.

Conflicto positivo de competencia número 655/2000, sobre Resolución de 22 de julio de 1999, de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento, de autorización de transmisión de acciones.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de marzo actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 655-2000, planteado en relación con la Resolución de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento de 22 de julio de 1999, que autoriza la transmisión de acciones de Uniprex, S. A., propiedad de Once, S. A., a favor de Telefónica Media, S. A., declarando extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 29 de febrero de 2000.

Conflicto positivo de competencia número 3784/2001, en relación con la Resolución de 8 de marzo de 2001, de la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, sobre servicios mínimos.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 15 de marzo actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3784/2001, planteado en relación con la Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias de 8 de marzo de 2001, por la que se da respuesta a la solicitud de servicios mínimos para la huelga convocada en la Empresa BAI, Promoción y Congresos, S. A. declarando extinguido el proceso, que fue admitido a trámite por providencia de 17 de julio de 2001.

Conflicto positivo de competencia número 3157-2005, en relación con determinados preceptos de los Reales Decretos 2387/2004, de 30 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario; 2395/2004, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de la Entidad Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, y 2396/2004, de 30 de diciembre, que aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 24 de mayo actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 3157-2005, promovido por el Gobierno de la Junta de Andalucía, en relación con la disposición transitoria 4.ª del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, y contra los artículos 4.2; 5.1; 6; 47.4; 48; 57.4; 59; 71 a 77; 95; 147; 148; 152; 153; 154; 157 y 160 del Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por dicho Real Decreto, la disposición adicional 4.ª del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, y contra el artículo 3.g) de los Estatutos que aquel aprueba, y la disposición transitoria 2.ª del Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana