§1010758
DECRETO 43/2005, DE 26 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS TARIFAS DE PRECIOS PÚBLICOS RELATIVOS A ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL DE MÚSICA E IDIOMAS PARA EL CURSO 2005/2006.
Las contraprestaciones por los servicios que prestan los centros docentes públicos que imparten enseñanzas de régimen especial dependientes de la Consejería de Educación tienen la consideración jurídica de precios públicos de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
El artículo 17 de la citada Ley dispone que el establecimiento o modificación de los precios públicos se realizará mediante Decreto de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero que en cada caso corresponda en razón de la materia, previo informe de la Consejería de Hacienda y el resto de los trámites previstos, en su caso, en la legislación sectorial vigente.
En cumplimiento del mandato legal se aprobaron mediante Decreto 68/2004, de 8 de julio, las tarifas de precios públicos por los servicios educativos que presten los Conservatorios de Música y las Escuelas Oficiales de Idiomas para el curso 2004/2005.
Con fecha 7 de octubre de 2004, la Junta de Castilla y León mediante Acuerdo aprobó el Plan Marco para el desarrollo de las enseñanzas escolares de Régimen Especial en Castilla y León.
Como consecuencia de la aprobación de este Plan y atendiendo a la normativa actual, resulta necesario tanto la incorporación de nuevos conceptos y tarifas como la adecuación y actualización de aquellos ya establecidos en el Decreto 68/2004 anteriormente citado. Asimismo, y de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, se han aplicado las correspondientes exenciones y bonificaciones a los miembros de estas familias.
Estos precios públicos han sido informados favorablemente por la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 122/2003, de 23 de diciembre, de creación y regulación de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, previo informe de la Consejería de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de mayo de 2005
DISPONE:
Artículo 1. Aprobación de tarifas.
1. Se aprueban para el curso 2005/2006 las tarifas de los precios públicos relativos a enseñanzas de régimen especial de música e idiomas que se insertan como anexo al presente Decreto.
2. Los alumnos que cursen estudios en centros privados autorizados, conforme a lo establecido en la normativa reguladora de la materia, adscritos a un centro público a efectos administrativos, abonarán las tarifas que se determinan en el apartado B del anexo de este Decreto.
Artículo 2. Asignaturas convalidadas.
Aquellos alumnos que tuvieran asignaturas convalidadas en el momento de la formalización de la matrícula, no deberán abonar el importe correspondiente a las mismas.
Artículo 3. Bonificaciones y exenciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, se aplicará a los precios recogidos en el anexo una exención del 100 por ciento a los miembros de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación del 50 por ciento para los de categoría general.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Desarrollo.
Se faculta a la Consejera de Hacienda y al Consejero de Educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para llevar a cabo la ejecución y desarrollo del presente Decreto.
Segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
ANEXO
PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS
PRESTADOS POR:
A) CONSERVATORIOS DE MÚSICA:
Grado Elemental
Prueba de aptitud a 1.º de G.E. 6,00
Prueba de acceso a 2.º, 3.º y 4.º de G.E. 30,00
Apertura de expediente para el G.E. 19,10
Curso completo (precio por asignatura) 38,20
Asignaturas pendientes 47,05
Matriculación en más de un curso académico.
Grado Elemental
Precio por asignatura que supere el n.º de asignaturas del curso anterior 38,20
Grado Medio
Prueba de acceso a cualquier curso de G.M. 35,00
Apertura de expediente para el G.M. 19,10
Curso completo (precio por asignatura) 47,05
Asignaturas pendientes 54,05
Matriculación en más de un curso académico.
Grado Medio
Precio por asignatura que supere el n.º de asignaturas del curso anterior 47,05
Grado Superior
Prueba de acceso ordinaria 40,00
Prueba de acceso extraordinaria 50,00
Apertura de expediente para el G.S. 19,10
Precio por crédito (primera matrícula) 14,20
Precio por crédito (segunda matrícula) 15,60
Examen fin de carrera 109,50
B) CENTROS AUTORIZADOS DE MÚSICA:
Apertura de expediente para el G.E. 19,10
Apertura de expediente para el G.M. 19,10
C) ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
Alumnos oficiales
Apertura de expediente 19,10
Matrícula por idiomas 42,35
Alumnos de enseñanza libre
Apertura de expediente 19,10
Derechos de examen por nivel básico 42,35
Derechos de examen por ciclo elemental 42,35
Derechos de examen por ciclo superior 42,35
Cursos de especialización, perfeccionamiento y actualización
Alumnos Oficiales 54,05