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TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN

24/05/2005
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Orden de 31 de marzo de 2005 de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula las tarjetas de identificación del personal que presta sus servicios en los centros sanitarios del sistema sanitario público valenciano (DOGV de 24 de mayo de 2005). Texto completo.

§1010602

ORDEN DE 31 DE MARZO DE 2005 DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD, POR LA QUE SE REGULA LAS TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LOS CENTROS SANITARIOS DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO VALENCIANO.

Con la aprobación de la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana, se crea la Agencia Valenciana de la Salud, como organismo autónomo de carácter administrativo, de la Generalitat, adscrito a la Conselleria de Sanitat, aprobándose sus Estatutos por Decreto 25/2005, de 4 de febrero, Consell de la Generalitat Valenciana.

La Agencia Valenciana de la Salud ostentará competencias en materia de gestión y administración de todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de protección de la salud.

Es por ello necesario, incluir en las tarjetas identificativas, que lleve el personal que presta sus servicios en los centros, servicios y establecimientos de asistencia sanitaria públicos de la Comunidad Valenciana, el anagrama de la Agencia Valenciana de la Salud.

La Conselleria de Sanidad, es consciente de la importancia de identificar no sólo al personal que presta servicios de atención directa a los pacientes, sino a todo el personal a efectos de garantizar un mayor nivel de seguridad y control.

De este modo se pretende que todo el personal de los centros sanitarios dependientes del Sistema Sanitario Público Valenciano, disponga de tarjetas en las que se pueda fácilmente identificar el estamento que ocupan y los datos personales referentes a nombre y apellidos.

Por ello, en uso de las facultades que me confiere el 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, ORDENO

Artículo 1. Objeto La presente orden tiene por objeto determinar las tarjetas que identificarán al personal que presta sus servicios en los servicios, centros y establecimientos sanitarios del sistema sanitario público valenciano.

Artículo 2 Las tarjetas de identificación personal serán de material de PVC blanco de tamaño norma ISO para tarjetas de crédito, en la que figura:

En la parte superior izquierda el anagrama de la Generalitat Valenciana, según manual de identidad visual corporativo.

En la parte superior derecha, el nombre del centro de asistencia sanitaria, con letra tipo modern de color negro y tamaño 9.

En la parte central izquierda la fotografía del personal del centro sanitario, alineado a la derecha de la fotografía el nombre y apellidos del personal del centro sanitario con letra tipo univers en color negro tamaño 16.

En la parte inferior derecha de la tarjeta figurará el estamento con letra tipo Univers de color negra y tamaño 16.

Categoría profesional con letra tipo Univers de color negra y tamaño 12.

En la parte inferior derecha la imagen corporativa de la Agencia Valenciana de la Salud, según el manual de identidad visual corporativo.

Artículo 3 El personal destinatario de la presente orden deberá de llevar en todo momento la tarjeta identificativa durante toda la jornada laboral.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quedan derogados los artículos 6, 7 y 8 en lo referente a las tarjetas identificativas de la Orden de 29 de abril de 2002 de la Conselleria de Sanidad.

DISPOSICIÓN FINAL La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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