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IX CONCURSO DE NARRATIVA INFANTIL

24/05/2005
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Orden de 5 de mayo de 2005 por la que se convoca el IX concurso de narrativa infantil de Extremadura “El Medio Ambiente Cuenta” (DOE de 24 de mayo de 2005). Texto completo.

§1010598

ORDEN DE 5 DE MAYO DE 2005 POR LA QUE SE CONVOCA EL IX CONCURSO DE NARRATIVA INFANTIL DE EXTREMADURA “EL MEDIO AMBIENTE CUENTA”.

La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente tiene asumidas las competencias que, en materia de Educación Ambiental en nuestra región, atribuyen los Reales Decretos de Transferencias de funciones a la Junta de Extremadura, asignadas a aquéllas por Decreto 78/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Dentro de las actuaciones destinadas al desarrollo de esta competencia, se considera importante la promoción de formas de expresión artísticas que tengan como fuente de inspiración al medio natural y la problemática que le afecta. Las diversas manifestaciones artísticas pueden cumplir una función fundamental al respecto, fomentando la sensibilización y reflexión crítica sobre nuestra relación con el entorno.

En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 78/2003, de 15 de julio, y a propuesta de la Dirección General de Medio Ambiente, D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto.

Por la presente Orden se convoca IX Concurso de Narrativa Infantil “El Medio Ambiente Cuenta”.

Podrán participar en este concurso todos aquellos ciudadanos españoles o nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Artículo 2. Forma de presentación de las narraciones.

Se presentarán cuentos infantiles originales e inéditos destinados a niños de entre 8 y 12 años por una de las siguientes modalidades:

– Modalidad Libre: está modalidad incluye a toda la población en general, sin límite de edad.

– Modalidad de Centros Educativos: en ésta se incluyen a los/as alumnos/as que cursen la Enseñanza Secundaria Obligatoria. El Centro será el encargado de seleccionar una obra que será remitida a la dirección que se indica en el artículo 3.

Los participantes sólo podrán presentar una obra y acogerse a una de las modalidades establecidas.

Este año, con motivo de la celebración del 200 Aniversario del Día del Árbol en Villanueva de la Sierra en la Comarca de Sierra de Gata, el tema del Concurso versará sobre la importancia de los árboles en la vida de los seres vivos, su conservación y respeto, bajo el lema “Los Bosques en Extremadura”.

Las narraciones se presentarán en soporte informático y por sextuplicado en papel impreso. Estarán redactadas en castellano y pueden acompañarse de ilustraciones originales (en blanco y negro o en color), pero este pormenor no incidirá en la valoración del jurado ni, en caso de resultar premiada la obra, condicionará la decisión de que se incluyan en su publicación. La extensión de las narraciones será de un mínimo de diez folios y un máximo de quince (excluyendo las páginas ilustradas), presentadas con el siguiente formato:

– Fuente. Times New Roman.

– Tamaño de fuente. 12.

– Interlineado. 1,5 líneas.

– Por una sola cara.

Artículo 3. Lugar de presentación.

1. Las obras serán enviadas en sobre cerrado a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, Dirección General de Medio Ambiente, Servicio de Conservación de la Naturaleza y Espacios Protegidos, Avda. de Portugal, s/n. 06800 Mérida.

2. Los originales irán firmados con seudónimo, se adjuntará un sobre cerrado donde se introducirán los datos personales del autor o autores: nombre y apellidos, número de D.N.I., dirección, correo electrónico y teléfono. Si el autor es menor de edad, además deberá incluirse los datos personales del padre, madre o tutor/es y autorización para su participación. El seudónimo y la modalidad a la que opta se reproducirán en el exterior del sobre.

En el caso de la modalidad de Centros Educativos, deberán figurar en el sobre cerrado adjunto los datos además, de los del autor o autores, los del Centro al que pertenezca.

Artículo 4. Plazo de recepción.

La recepción de las obras se realizará en los sesenta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 5. Jurado.

El Jurado será el órgano que calificará y propondrá la concesión de la ayuda al Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, el cual resolverá su concesión. Estará compuesto por el Director General de Medio Ambiente o la persona que éste designe, que actuará como presidente y los siguientes miembros:

– Un representante de la Sección de Educación Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

– Un representante de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

– Un representante de la Consejería de Educación.

– Un representante de la Asociación de Escritores Extremeños o de aquellas asociaciones que pudieran legalmente constituirse con ámbito regional y fines similares.

– Un representante de la Editora Regional.

Artículo 6. Fallo del jurado.

El Jurado realizará el fallo del concurso dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de admisión, éste se comunicará directamente a los ganadores, así como a los medios de comunicación y será publicado en la página web de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Artículo 7. Premios.

1. El Jurado, que podrá declarar desierto el concurso, concederá dos premios por cada modalidad con la siguiente dotación económica:

Modalidad Libre:

– Primer premio: 1.500 euros y Diploma.

– Segundo premio: 850 euros y Diploma.

Modalidad Centros Educativos.

– Primer premio: 2.000 euros y Diploma para el Centro y para el autor de la obra.

– Segundo premio: 1.350 euros y Diploma para el Centro y para el autor de la obra.

En esta modalidad el premio será entregado al Centro, el cual entregará un 15% del mismo al autor o autores de la obra.

2. El pago de los premios se efectuará mediante transferencia bancaria una vez los autores premiados aporten a la Dirección General de Medio Ambiente los datos necesarios (alta en el subsistema de terceros). La Dirección General de Medio Ambiente comprobará de oficio que los beneficiarios de los premios se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, de conformidad con el artículo 6.3 del Decreto 77/1990.

3. El gasto por un importe de 5.700 euros, se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.443A.481.00, código de proyecto 2000.12.003.0020.00.

4. Las obras premiadas serán publicadas por la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente en una edición conmemorativa del Concurso.

Artículo 8. Obras no premiadas.

Los originales no premiados podrán retirarse en la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. El autor deberá acreditarse previamente y lo podrá realizar durante el mes siguiente a la concesión de los premios. En caso contrario serán destruidos.

Artículo 9. Aceptación.

La presentación de las obras al concurso “El Medio Ambiente Cuenta” supone la total aceptación de las bases y de la decisión final del Jurado.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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