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  • EDICIÓN DE 19/05/2005
 
 

EXPLOTACIÓN DE UNA EMISORA DE RADIODIFUSIÓN SONORA

19/05/2005
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Resolución PRE/1500/2005, de 9 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de 19 de abril de 2005, por el que se otorga al Ayuntamiento de Santpedor la concesión para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia (DOGC de 19 de mayo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN PRE/1500/2005, DE 9 DE MAYO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DEL GOBIERNO DE 19 DE ABRIL DE 2005, POR EL QUE SE OTORGA AL AYUNTAMIENTO DE SANTPEDOR LA CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DE UNA EMISORA DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN ONDAS MÉTRICAS CON MODULACIÓN DE FRECUENCIA.

Considerando que en fecha 19 de abril de 2005 el Gobierno de la Generalidad adoptó el Acuerdo por el que se otorga al Ayuntamiento de Santpedor la concesión para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia,

Resuelvo:

Que se dé publicidad al Acuerdo de 19 de abril de 2005 del Gobierno, por el que se otorga al Ayuntamiento de Santpedor la concesión para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

Acuerdo

de 19 de abril de 2005, del Gobierno de la Generalidad, por el que se otorga al Ayuntamiento de Santpedor la concesión para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

En fecha 15 de enero de 1992 el señor Josep Santamans i Gubianas, alcalde presidente de la corporación municipal de Santpedor, presentó un escrito en el que solicitaba la concesión para la instalación y el funcionamiento de una emisora de frecuencia modulada de carácter municipal, al amparo del Decreto 263/1990, de 23 de octubre.

El Gobierno de la Generalidad acordó, en fecha 29 de noviembre de 1994, otorgar al Ayuntamiento de Santpedor la adjudicación provisional de una emisora de frecuencia modulada de tipo municipal.

El Decreto 263/1990, de 23 de octubre, regula el proceso de concesión para la gestión indirecta por parte de las corporaciones locales del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

Las instalaciones de la emisora citada se ajustan al proyecto aprobado en su día, a las especificaciones técnicas de aplicación y han superado la preceptiva inspección.

En Cataluña, corresponde al Gobierno de la Generalidad otorgar las concesiones del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 263/1990, de 23 de octubre.

Por todo esto, el Gobierno, a propuesta del consejero primero, acuerda:

.1 Otorgar, al Ayuntamiento de Santpedor, la concesión para la explotación de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter municipal y evidenciar que el concesionario queda sometido a lo que prevé la normativa de radiodifusión sonora contenida en el Decreto 80/1989, de 4 de abril, de regulación del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia; en el Decreto 263/1990, de 23 de octubre, de regulación del proceso de concesión para la gestión indirecta por parte de las corporaciones locales del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia; en la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; en el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas; y en cualquier otra disposición que sea de aplicación.

.2 Las características técnicas que se asignan a la citada emisora, de conformidad con el proyecto técnico aprobado, son las siguientes:

Emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.

Centro emisor

Coordenadas geográficas: 41º 47' 08” N. 001º 50' 25” E.

Cota: 319 m.

Denominación de la emisión: 256KF8EHF.

Frecuencia: 90.0 MHz.

Potencia radiada aparente máxima: 50 W.

Sistema radiante

Sistema radiante: no directiva.

Altura sobre el suelo del centro eléctrico de la antena: 25 m.

Altura del palo sobre el suelo: 27 m.

Altura efectiva máxima: 93 m.

Polarización: vertical.

.3 Disponer que se notifique este Acuerdo al Ayuntamiento de Santpedor, con indicación de los recursos que se pueden interponer en contra, y que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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