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  • EDICIÓN DE 19/05/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 21 DE DICIEMBRE DE 2004

19/05/2005
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Orden de 10 de mayo de 2005 por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2004, de tramitación anticipada, por la que se convoca el Programa de subvenciones públicas para el año 2005, en el ámbito de colaboración del Servicio Extremeño Público de Empleo con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos autónomos, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, al amparo del Decreto 33/2002, de 3 de abril (DOE de 19 de mayo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 10 DE MAYO DE 2005 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 21 DE DICIEMBRE DE 2004, DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROGRAMA DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL AÑO 2005, EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN DEL SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO CON ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO, QUE CONTRATEN TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL, AL AMPARO DEL DECRETO 33/2002, DE 3 DE ABRIL.

Con fecha 4 de enero de 2005, se publicó en el D.O.E. la Orden de 21 de diciembre de 2004 de la Consejería de Economía y Trabajo, por la que se convoca el Programa de subvenciones pública para el año 2005, en el ámbito de colaboración del Servicio Extremeño Público de Empleo con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos autónomos, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, al amparo del Decreto 33/2002, de 3 de abril.

La referida Orden es de tramitación anticipada, realizándose en el ejercicio 2004 la convocatoria de procedimiento de concesión de las ayudas, para su posterior desarrollo en el año 2005, por lo que quedaba subordinada a la existencia de crédito suficiente y adecuado en dicho año.

Una vez realizadas las operaciones de apertura del presupuesto de gastos para el año 2005 de conformidad con la regla 54.1 de la Orden de 5 de enero de 2000, de la Consejería de Economía, Industria y Comercio por la que se aprueba la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto, se constata que las disponibilidades presupuestarias existentes son insuficientes para atender la totalidad de los créditos previstos en la Orden que ahora se modifica, por lo que se hace necesario proceder a su adecuación a los créditos para gastos previstos en el presupuesto para el año 2005, con carácter previo a la Resolución de la presente convocatoria de subvenciones.

En su virtud, conforme a lo establecido en el Decreto del Presidente 26/2003, de 30 de junio, por el que se distribuyen las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y a tenor de lo dispuesto en el artículo 36 de Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:

Único. Se modifica el artículo 3.1 de la Orden de 21 de diciembre de 2004, de la Consejería de Economía y Trabajo, de tramitación anticipada, por la que se convoca el Programa de subvenciones públicas para el año 2005, en el ámbito de colaboración del Servicio Extremeño Público de Empleo con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos autónomos, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, al amparo del Decreto 33/2002, de 3 de abril, que queda redactado como sigue:

1. La concesión de las subvenciones previstas en la presente Orden, se realizará con cargo a los créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2005, que figuran en el Superproyecto 2002190049011, Código de Proyecto 200219004001800 y en las Aplicaciones Presupuestarias 19.04.322A.442.00 por importe de 700.000 € (setecientos mil euros); y 19.04.322A.489.00, por importe de 1.150.000 € (un millón ciento cincuenta mil euros).

Las ayudas serán adjudicadas hasta el límite de los créditos disponibles en las aplicaciones presupuestarias citadas o los que resulten de su actualización en el caso de que se aprobasen modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.

Disposición final primera.

Se autoriza a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la ejecución de la presente Orden en el ámbito de sus competencias específicas.

Disposición final segunda.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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