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FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

18/05/2005
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Orden de 14 de marzo de 2005, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC de 18 de mayo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 14 DE MARZO DE 2005, POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL ÁMBITO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

El artículo 20, apartado 1, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

Por su parte el apartado 2 de dicho artículo especifica las indicaciones que debe contener la disposición de creación o modificación de los ficheros.

En cumplimiento de los indicados preceptos y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

DISPONGO:

Crear, en la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, en el ámbito de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el anexo de esta Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

La Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria notificará los ficheros contenidos en la presente Orden a la Agencia de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

Segunda.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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