ORDEN DE 14 DE MARZO DE 2005, POR LA QUE SE CREAN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL ÁMBITO DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.
El artículo 20, apartado 1, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
Por su parte el apartado 2 de dicho artículo especifica las indicaciones que debe contener la disposición de creación o modificación de los ficheros.
En cumplimiento de los indicados preceptos y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
DISPONGO:
Crear, en la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, en el ámbito de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el anexo de esta Orden.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.
La Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria notificará los ficheros contenidos en la presente Orden a la Agencia de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.
Segunda.- Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.