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UN HEREDERO PARA ESPAÑA; por Pedro González Trevijano, rector de la Universidad Rey Juan Carlos

11/05/2005
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El día 10 de mayo de 2005, se publicó en el diario ABC un artículo de Pedro González-Trevijano, en el cual, el autor, . Transcribimos íntegramente dicho artículo.

UN HEREDERO PARA ESPAÑA

El anuncio por la Casa del Rey del embarazo de la Princesa de Asturias supone, por encima de cualquier otra consideración, la reafirmación de la solidez de nuestra ejemplar Monarquía parlamentaria, toda vez que implica la constatación de la legítima continuidad dinástica más directa -pues la Corona se encontraba ya suficientemente afianzada en la persona de su padre, de las Infantas Elena y Cristina, así como en los hijos de éstas- que encarna Su Alteza Real Don Felipe de Borbón.

Si hay una circunstancia que destaca en la Monarquía es la transición ordenada, pacífica y persistente en la cabeza de la Jefatura del Estado. El reseñado anuncio pasa a expresar, a diferencia de otros órganos constitucionales del sistema político, la prorrogatio en una de nuestras instituciones esenciales y vertebradoras. No en vano, la Carta Magna de 1978 caracteriza al Monarca como símbolo de la unidad y permanencia del Estado, y elemento integrador de la Nación española, ya que la sucesión en su Jefatura se hace de manera natural y sin sobresaltos. Con esa tranquilidad y estabilidad tan pertinente que sólo el sosiego de los regímenes monárquicos puede y sabe transmitir.

Una forma monárquica, como la que hoy representa la Monarquía encabezada por Don Juan Carlos, está caracterizada por tres virtudes políticas que siguen justificando su inexcusable permanencia e indiscutible oportunidad en la España constitucional.

La primera, y más sustancial, la reseñada continuidad, ya que su titularidad se transmite gracias a una automática unión y a la prolongación hereditaria de padres a hijos -piénsese, por ejemplo, en el simbolismo propio de expresiones como la británica “The king never dies” o la española “El Rey ha muerto, viva el Rey”-. “La ventaja -decía Karl Friedrich- de la sucesión automática”. Una evolución pues sin conmociones, que evita los siempre complejos momentos de interregno político. La segunda, la preservación de su neutralidad e imparcialidad, dado su contrastado apartidismo, por encima de los contingentes avatares y luchas políticas, de modo que se pueda afirmar, según el adagio más clásico, que “El rey reina, pero no gobierna”. Y, la tercera, el acierto de que el Príncipe heredero vaya alcanzando de manera paulatina -como es el caso del Príncipe de Asturias- la necesaria preparación, el denominado nobile officium, para poder afrontar con éxito, cuando corresponda, su acceso a la Corona (ius in officium). Todo ello explica la relevancia que adquiere su figura, y su habitual prolija regulación en los textos de algunas Constituciones (artículo 57 de la Constitución española) o en las Leyes de Sucesión de otros Estados (Dinamarca o Suecia). Lo que permitiría decir a George Jellinek que “en la Monarquía no hereda el Monarca la Corona, sino la Corona al Monarca”.

El futuro hijo de los Príncipes de Asturias será, por supuesto, un eslabón personal, un miembro más de la Familia Real, pero, al mismo tiempo, el engarce de una cadena ininterrumpida dentro de la legitimidad de nuestra Monarquía. La buena nueva refrenda, aun más si cabe, la perdurabilidad de la Corona en los sucesores de Su Majestad Don Juan Carlos I, legítimo heredero de la dinastía histórica.

Pero dicho esto, el embarazo de la Princesa de Asturias conlleva, además en el presente supuesto, una novedad histórica nada desdeñable en los últimos años de la Historia de España: el restablecimiento de la mejor de las normalidades. Estamos ante un previsible futuro monarca, que será, seguramente, además de nieto de Rey, hijo de Rey, una circunstancia que introduce a nuestra Monarquía en la regularidad dinástica.

Un Heredero, por lo tanto, para la Corona de la España del siglo XXI, que sabrá hilvanar el perfil tradicional de la Monarquía con los retos propios de la más acuciante modernidad. Y que ha sido recibido por el pueblo español, tan cercano a la Familia Real -la institución mejor valorada según reiteradas encuestas del Centro de Investigaciones Sociológicas-, con el lógico regocijo y satisfacción. Hoy estamos muy lejos de los fastos y formalidades de los tiempos en que Carlos I presentaba a su heredero, el futuro Felipe II, entre grandes fiestas e izadas de pendones, pero la cercanía y el afecto del pueblo hacia su Monarquía permanece inalterable. Felicitemos pues a los Príncipes de Asturias -y de manera especial a su madre-, a Sus Majestades los Reyes, y congratulémonos como ciudadanos de la fortaleza y salud de nuestra Monarquía parlamentaria.

El heredero alcanzará en su momento, como su padre, Don Felipe de Borbón, la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona. Un Príncipe o Princesa heredera que, llegada la mayoría de edad, prestará, como asimismo antes su padre, el juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas (1986). Mientras tanto, y como Infante de España con tratamiento de Alteza Real (Real Decreto 1368/1987) irá, como hizo su abuelo, y hoy Don Felipe, iniciándose en el difícil officium regis. Aunque en su auxilio siempre disfrutará del ejemplo y ayuda de sus augustos progenitores, que sabrán brindarle su afecto como inculcarle también el sentido del deber y de la responsabilidad.

Para terminar, no puedo por menos que expresar mi criterio sobre la puesta en marcha de la reforma del artículo 57.1 de la Constitución, que pondría fin, dentro del mismo grado -esto es, entre hermanos- a la preferencia del varón sobre la mujer. Una realidad que hoy nadie discute, pero que no recibió excesiva atención en su momento (salvo por los senadores Satrústegui y Villar Arregui), pues lo que importaba durante el proceso constituyente era la delimitación de la Monarquía española como una Monarquía moderna, es decir, como una Monarquía constitucional y parlamentaria. Hoy, llegado el momento de su modificación constitucional, habrá que ser cuidadosos no obstante con la ineludible exigencia de dos requisitos. El primero, que la reforma que se someta a las Cámaras y al pueblo español, a través del referéndum ratificatorio, debe ir de la mano de las demás reformas o, al menos, de la mayoría de ellas (Senado, denominación de las Comunidades Autónomas y asunción expresa del Derecho comunitario), no vaya a ser que terminemos transformando la revisión constitucional en un desafortunado plebiscito sobre la forma de gobierno monárquica. Y, el segundo, que la especificación de la posible retroactividad de la Norma constitucional, de ser mujer el primero de los descendientes, y varón uno posterior, sólo afecta a este caso, y no, por supuesto, a la figura del hoy Príncipe de Asturias, que quedaría fuera del procedimiento de modificación constitucional auspiciado por el Gobierno.

Aunque, que quede claro, el Heredero natural de Don Juan Carlos es el actual Príncipe de Asturias, Don Felipe de Borbón. Hasta entonces, sirvan de recordatorio sus palabras con ocasión de la reciente entrega de los Premios que llevan su nombre: “Ha sido un paso ilusionado de ambos por construir un hogar, formar una familia y compartir el hermoso afán de servir a España con plena entrega, leales a nuestra historia y comprometidos con el futuro de nuestra sociedad”.

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