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INFORMES DE FISCALIZACIÓN

09/05/2005
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Resolución 213/VII, de 17 de marzo de 2005, por la que se aprueban dos informes de fiscalización (DOGC de 9 de mayo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN 213/VII, DE 17 DE MARZO DE 2005, POR LA QUE SE APRUEBAN DOS INFORMES DE FISCALIZACIÓN.

Comisión de la Sindicatura de Cuentas.

La Comisión de la Sindicatura de Cuentas, en sesión celebrada los días 16 y 17 de marzo de 2005, ha debatido las propuestas de resolución presentadas por los grupos parlamentarios Socialistes - Ciutadans pel Canvi, de Esquerra Republicana de Catalunya y de Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Alternativa (reg. 19550) y por el Grupo Parlamentario Popular (reg. 19556), con relación a los informes de fiscalización 8/2003-D: Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicio 2000 (256-00001/07) y 9/2003-D: Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicio 2001 (256-00002/07).

Finalmente, de acuerdo con lo que establece el artículo 145.5 del Reglamento del Parlamento y el criterio interpretativo de este artículo, de 17 de noviembre de 1992, ha adoptado la siguiente

Resolución

1. El Parlamento de Cataluña aprueba los informes de fiscalización 8/2003-D: Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicio 2000 y 9/2003-D: Instituto Catalán de Finanzas. Ejercicio 2001, presentados por la Sindicatura de Cuentas.

2. El Parlamento de Cataluña encomienda a la Sindicatura de Cuentas:

a) Que le presente un informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones que ha manifestado en el Informe de fiscalización 9/2003-D, correspondiente al ejercicio 2001, y a acelerar los trabajos de fiscalización de los ejercicios 2002 y 2003.

b) Que verifique, para los ejercicios 2002 y 2003, si el Instituto Catalán de Finanzas ha hecho una provisión correcta y suficiente para afrontar los riesgos detectados en el Informe del ejercicio 2001, cuando señala que “las quiebras presentadas por el Grup Mitasa, en octubre de 2002, por Industrial de Carrocerías, SCCRL, en marzo de 2003, y la decisión de cierre ordenado de la empresa Hilados y Tejidos Puigneró, SA, en mayo de 2003, representan hechos posteriores que pueden suponer finalmente un riesgo para el ICF. Igualmente suponen hechos posteriores que pueden comportar un riesgo el impago de todos los recibos con vencimiento posterior a 31 de diciembre de 2001 correspondientes a Espot Esquí Parc, SA, y Pallars Industrial, SA”.

c) Que verifique si en los ejercicios de 2002 y 2003 el Instituto Catalán de Finanzas ha puesto en marcha los mecanismos necesarios para su recuperación, con relación a los hechos expuestos en el Informe del ejercicio 2001.

d) Que verifique y valore si el nivel de dotaciones de los ejercicios 2002 y 2003 ha sido conforme con los posibles incrementos de riesgos de impago producidos durante dichos ejercicios, y también si ha sido congruente con el crecimiento de la actividad del Instituto Catalán de Finanzas.

e) Que, considerando los reiterados indicios de instrumentalización financiera del Instituto Catalán de Finanzas durante los ejercicios 2000 y 2001, amplíe a los ejercicios 2002 y 2003 la información sobre el grado de autonomía y el nivel de riesgos alcanzados.

f) Que elabore un listado descriptivo de las operaciones detalladas en el epígrafe 5.2.1.1 y con referencia a los clientes enumerados desde la letra a hasta la letra f del Informe 9/2003-D, que incluya:

Primero. El titular de la operación, el importe, las fechas de formalización y vencimiento y las garantías aportadas a la operación.

Segundo. La situación en fecha 31 de diciembre de 2004 por lo que respecta a la morosidad de las operaciones.

g) Que elabore un listado descriptivo de las operaciones detalladas en el epígrafe 5.2.1.2 y con referencia a los clientes enumerados en las letras a y b del Informe 9/2003-D, que incluya:

Primero. El titular de la operación, el importe, las fechas de formalización y vencimiento y las garantías aportadas a la operación.

Segundo. La situación en fecha 31 de diciembre de 2004 por lo que respecta a la morosidad asumida por ejecución de garantías.

h) Que elabore un listado descriptivo de las operaciones detalladas en el epígrafe 5.2.2 y con referencia a los clientes enumerados en las letras a y b del Informe 9/2003-D, que incluya:

Primero. El titular de la operación, el importe, las fechas de formalización y vencimiento y las garantías aportadas a la operación.

Segundo. La situación en fecha 31 de diciembre de 2004 por lo que respecta a la morosidad asumida por ejecución de garantías.

3. El Parlamento de Cataluña insta el Gobierno a encargar al Instituto Catalán de Finanzas la constitución del Gabinete de Estudios Económicos y Financieros para que actúe como apoyo del Consejo Asesor con la capacidad de emitir los informes que la Junta de Gobierno, el consejero delegado o el director general le soliciten, y a velar para que se habilite dicho Gabinete con los medios personales, materiales y financieros necesarios para desarrollar su labor.

(05.097.097)

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