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MODIFICACIÓN DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 1134/2004

06/05/2005
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Resolución 259/2005, de 18 de marzo, del Director General de Trabajo, por la que se modifica el anexo de la Resolución 1134/2004, de 24 de noviembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra el 15 de diciembre de 2004, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra (BON de 6 de mayo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN 259/2005, DE 18 DE MARZO, DEL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 1134/2004, DE 24 DE NOVIEMBRE, PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE NAVARRA EL 15 DE DICIEMBRE DE 2004, EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.

Mediante Resolución 1134/2004, de 24 de noviembre, se determinaban las fiestas locales para el año 2005, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

En el anexo de la citada Resolución se concretaban las festividades de cada uno de los Ayuntamientos y Concejos de Navarra.

Con posterioridad a la misma, se han recibido escritos de varios Ayuntamientos, en los que solicitan cambio de la fecha de su fiesta local.

De conformidad con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, que continúa vigente en base a lo establecido en la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, considerando que no existe obstáculo legal para poder acceder a las solicitudes formuladas, habida cuenta que la modificación de calendario solicitada no origina perjuicios a terceros.

En su virtud,

RESUELVO:

1.º Modificar el anexo de la Resolución 1134/2004, de 24 de noviembre, de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 150 de 15 de diciembre de 2004, de forma que los días que como festivos figuran en el citado anexo para las entidades que a continuación se relacionan, quedan sustituidas por la siguiente:

Ayuntamiento de Barbarin: 18 de octubre.

Ayuntamiento de Cadreita: 17 de enero.

Ayuntamiento de Roncal: 26 de diciembre.

2.º Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

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