RESOLUCIÓN GAP/1351/2005, DE 14 DE ABRIL, POR LA QUE SE DA CONFORMIDAD A LA ADOPCIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE LLANÇÀ.
El 9 de septiembre de 1985, el Pleno del Ayuntamiento de Llançà (Alt Empordà) adoptó el acuerdo de aprobar la bandera municipal.
El 3 de marzo de 2005, la Sección Histórico-arqueológica del Institut d'Estudis Catalans emitió dictamen favorable sobre el expediente.
De acuerdo con lo que disponen los artículos 37 y 38 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, y los artículos 9, 30, 31 y concordantes del Reglamento de los símbolos de los entes locales de Cataluña, aprobado por el Decreto 263/1991, de 25 de noviembre,
Resuelvo:
.1 Dar conformidad a la adopción de la bandera del municipio de Llançà, organizada de la siguiente forma:
Bandera apaisada, de proporciones dos de alto por tres de largo, blanca, con una parte azul oscuro del borde inferior ondulada de media tres y media crestas arriba, de altura 3/11 de la del paño en los bordes del asta y del vuelo, 7/22 en las crestas y 5/22 en las concavidades, con las tres lanzas de palo rojo y hoja azul oscuro del escudo, de anchura 1/22 de la largura del paño, naciente de la primera cresta, la central de altura 6/11 de la del paño, y las de los lados puestas a 1/33 de ésta.
.2 Inscribir la citada bandera en el Registro de los entes locales de Cataluña, sección de símbolos, subsección de banderas.
.3 Publicar esta Resolución en el DOGC.