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PREMIO ANDALUZ A LA EXCELENCIA

02/05/2005
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Orden de 6 de abril de 2005, por la que se convoca el VI Premio Andaluz a la Excelencia (BOJA de 3 de mayo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 6 DE ABRIL DE 2005, POR LA QUE SE CONVOCA EL VI PREMIO ANDALUZ A LA EXCELENCIA.

La competencia entre las empresas de los países más desarrollados cada vez se dirime en mayor medida en función de la diferenciación de productos, la innovación y la excelencia en la gestión. Es necesario, por tanto, favorecer la creación de un sistema empresarial de excelencia que sea capaz de dinamizar el tejido empresarial andaluz impulsando los cambios necesarios en la acción empresarial que permitan su progresiva modernización.

El esfuerzo invertido por las empresas andaluzas en el desarrollo e implantación de sistemas de gestión de la calidad ha reforzado su posición en los mercados, a la vez que ha creado una cultura de gestión basada en la planificación y el desarrollo de metodologías adecuadas para obtener los resultados previstos y en la medida de los logros realmente alcanzados como datos fundamentales para el análisis y la mejora de los procesos, productos y servicios de la empresa.

Actualmente el concepto de calidad en las empresas ha evolucionado desde asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos por los clientes hacia el objetivo de lograr la plena satisfacción de sus necesidades y expectativas. Para ello se hace imprescindible tener en consideración principios como el liderazgo, la gestión con un enfoque basado en procesos o la mejora continua, que posibiliten el avance de las organizaciones hacia la excelencia.

La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa estima necesario promover y potenciar las iniciativas que emprendan las empresas andaluzas que destacan por sus actuaciones relevantes en el ámbito de la gestión de la calidad, reconociéndoles la consecución de las mejoras sustanciales conseguidas en su competitividad mediante la aplicación de métodos y herramientas de excelencia en la gestión y que contribuyan, por tanto, a reforzar la cultura de la calidad en la sociedad andaluza.

En su virtud y al amparo de las competencias que tiene atribuida esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en el artículo 5 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril (BOJA extraordinario número 3, de 25 de abril), sobre reestructuración de Consejerías y artículo 1 del Decreto 201/2004, de 11 de mayo (BOJA número 95, de 17 de mayo), que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y en ejecución de las competencias que me atribuye la Ley de Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, DISPONGO Artículo único. Se convoca el VI Premio Andaluz a la Excelencia de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en el Anexo I.

Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

I BASES REGULADORAS Base primera. Objeto del Premio.

El VI Premio Andaluz a la Excelencia está destinado a distinguir a las empresas andaluzas que, cumpliendo los requisitos expuestos en la base segunda, hayan conseguido mejoras substanciales en su competitividad mediante la aplicación de métodos y herramientas de excelencia en la gestión y que contribuyan, por tanto, a reforzar la cultura de la calidad en la sociedad andaluza.

Base segunda. Requisitos.

1. Podrán solicitar su candidatura al VI Premio Andaluz a la Excelencia todas las empresas andaluzas que así lo deseen.

Para ello es necesario que la empresa solicitante tenga sus instalaciones y desarrolle sus actividades productivas en la Comunidad Autonómica de Andalucía.

2. No podrán solicitar su candidatura las empresas galardonadas, en el I Premio Andaluz a la Excelencia, con los premios a la Calidad Industrial y a la Excelencia Empresarial, ni las galardonadas, en el II, III, IV o V Premio Andaluz a la Excelencia, con los Premios a la Excelencia Empresarial en sus categorías de PYMES y Grandes Empresas.

Base tercera. Premios.

Se establecen dos modalidades de reconocimiento:

1. Premios a la Excelencia Empresarial: Entre los finalistas en esta modalidad se seleccionarán los premiados de las dos categorías:

1. Premio a la Excelencia Empresarial para PYMES: En reconocimiento a aquellas PYMES andaluzas que hayan conseguido ventajas competitivas en el mercado sobre la base de un alto nivel de excelencia en su gestión. A efectos de esta convocatoria se considerará Pequeña y Mediana Empresa aquella empresa:

- Que emplee a menos de 250 personas.

- Cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

- Que no esté participada en un 25 por 100 o más por otras grandes empresas, con la excepción de sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o, en el caso de que no se ejerza control, inversores institucionales o financieros.

2. Premio a la Excelencia Empresarial para Grandes Empresas: En reconocimiento a aquellas grandes empresas andaluzas, que hayan conseguido ventajas competitivas en el mercado sobre la base de un alto nivel de excelencia en su gestión.

2. Premios a las Mejores Prácticas de Gestión: Los Premios a las Mejores Prácticas de Gestión tienen como fin el reconocimiento a aquellas PYMES andaluzas que más se hayan distinguido en la implantación de Prácticas de Gestión que incrementen la calidad de los productos y/o servicios que suministran a sus clientes y, en consecuencia, mejoren sus resultados empresariales.

Se otorgará un Premio a la Mejor Práctica de Gestión de cada provincia andaluza. De entre los galardonados provinciales se seleccionará el ganador del Premio a la Mejor Práctica de Gestión de Andalucía.

Tanto los Premios a la Excelencia Empresarial como los Premios a las Mejores Prácticas de Gestión se podrán declarar desiertos si el Jurado lo considera oportuno.

La solicitud y el resto de la documentación a aportar por las empresas candidatas, según se describe en la base cuarta y sexta, son diferentes dependiendo de los distintos reconocimientos antes descritos.

Base cuarta. Solicitudes.

1. Las solicitudes deberán cumplimentarse en el formularios que figura como Anexo II, dependiendo de la modalidad de reconocimiento a la que se presenten las empresas candidatas:

Respectivamente :

Premios a la Excelencia Empresarial :

o :

Premios a las Mejores Prácticas de Gestión:

.

2. Las solicitudes dirigidas al Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, Dirección General de Industria, Energía y Minas, a la atención del :

Comité Organizador del Sexto Premio Andaluz a la Excelencia:

, deberán presentarse en el Registro General de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Avda. Hytasa, núm. 14, Edificio Junta de Andalucía, 41071, Sevilla, o en cualquier otro de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. La participación en la presente convocatoria, no supondrá coste alguno para las empresas candidatas.

Base quinta. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes para el VI Premio Andaluz a la Excelencia, se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 15 de julio del año 2005.

Base sexta. Documentación.

Para cada una de las modalidades de reconocimiento se deberá presentar la siguiente documentación:

1. Premio a la Excelencia Empresarial: Junto a la solicitud (Anexo II) anteriormente citada, las empresas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:

A) Seis ejemplares de la Memoria descriptiva de las actividades y resultados de la empresa. Deberá contener como epígrafes los subcriterios del modelo EFQM actualizado que sea de aplicación (PYMES o Grandes Empresas).

B) Certificados y documentos acreditativos de los Sistemas de Gestión mencionados en el apartado b) de la base séptima (si el candidato los poseyera).

C) Documentación autenticada acreditativa de su condición de empresa andaluza (base segunda). Por ejemplo:

Declaración responsable, licencia de apertura, registro industrial, IAE, etc.

2. Premio a las Mejores Prácticas de Gestión: Junto a la solicitud (Anexo II) anteriormente citada, las empresas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:

- Seis ejemplares de la Memoria-Resumen de las actividades y resultados de la Práctica de Gestión presentada.

La Memoria-Resumen deberá contemplar los siguientes epígrafes:

a) Indice.

b) Presentación de la empresa incluyendo, como mínimo, su estructura organizativa y los principales productos y/o servicios que presta a sus clientes, además de cualquier otra información que ayude a situar la práctica de gestión presentada en el contexto más adecuado para su evaluación.

c) Descripción de la Práctica de Gestión dividida en los siguientes bloques:

c.1) Planificación y definición de objetivos (Enfoque):

c.2) Desarrollo y ámbito de aplicación (Despliegue):

c.3) Logros alcanzados (Resultados):

c.4) Revisión de los resultados (Evaluación):

- Documentación acreditativa de su condición de empresa andaluza (base segunda). Por ejemplo: Declaración responsable, licencia de apertura, registro industrial, IAE, etc.

Hasta la expiración del plazo de presentación de solicitudes, las empresas interesadas recibirán el apoyo técnico de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa para facilitarles la preparación de la documentación anteriormente citada.

Base séptima. Criterios de valoración y puntuación de las candidaturas.

Para cada una de las modalidades de reconocimiento se aplicarán los siguientes criterios de valoración y puntuación:

1. Premio a la Excelencia Empresarial: Los criterios y puntuación de las candidaturas serán los siguientes:

a) Modelo de Excelencia Empresarial (800 puntos):

- Los recogidos en el Modelo EFQM de Excelencia Empresarial, atendiendo a los criterios de valoración y puntuación recomendados por esta organización.

- La puntuación obtenida se ajustará linealmente al rango 0-800.

b) Otros Sistemas de Gestión (200 puntos):

b.1) Sistemas de Gestión de la Calidad: Certificados por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (100 puntos).

b.2) Sistemas de Gestión Medioambiental:

- Certificados por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (30 puntos).

- Verificados según el Reglamento (CE) núm.

761/2001-EMAS por entidades acreditadas en el sector de actividad de la empresa candidata (20 puntos adicionales).

b.3) Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales:

- Sometidos al control de auditoras y/o concertados con servicios de prevención ajenos, según la modalidad organizativa elegida por la empresa al amparo de la legislación vigente.

Las auditoras y servicios de prevención ajenos han de estar acreditados por la autoridad laboral (30 puntos).

- Certificados según normas de uso voluntario de reconocido prestigio nacionales o internacionales, por entidades de certificación, en el sector de actividad de la empresa candidata (20 puntos).

Para cada uno de los subapartados anteriores, la puntuación se multiplicará por un factor de corrección entre 0 y 1 en función del grado de cobertura de la documentación aportada con respecto al global de actividades y centros de la empresa candidata.

2. Premio a las Mejores Prácticas de Gestión: Los criterios de valoración y puntuación de las candidaturas serán los siguientes:

a) Planificación y definición de objetivos (Enfoque): (25 puntos).

b) Desarrollo y ámbito de aplicación (Despliegue): (25 puntos).

c) Logros alcanzados (Resultados): (25 puntos).

d) Revisión de los resultados (Evaluación): (25 puntos).

La puntuación global obtenida será la suma de las puntuaciones de los cuatro criterios anteriores. Los criterios de evaluación son los recogidos en el Esquema Lógico REDER del Modelo EFQM de Excelencia Empresarial.

Base octava. Evaluación.

1. La evaluación de las candidaturas presentadas será realizada por el Comité Organizador del VI Premio Andaluz a la Excelencia, que estará integrado por personal adscrito a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y contará con el apoyo técnico del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión.

2. El Comité Organizador constituirá Equipos de Evaluadores, integrados por miembros del Club de Evaluadores del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión, que analizarán la documentación aportada por las empresas candidatas atendiendo a los criterios indicados en la base séptima. Este análisis podrá ser ampliado, a criterio del Comité Organizador, con visitas a las instalaciones de las empresas candidatas.

3. El Comité Organizador, a la vista de los Informes de Evaluación de las candidaturas a los Premios a la Excelencia Empresarial presentados por los Equipos de Evaluadores, procederá a declarar las empresas finalistas, que serán presentadas al Jurado del VI Premio Andaluz a la Excelencia.

4. El Comité Organizador presentará los Informes de Evaluación de las candidaturas a los Premios a las Mejores Prácticas de Gestión, de cada provincia andaluza, a los Jurados Provinciales.

5. Toda la información generada durante el proceso de evaluación de las candidaturas se tratará de forma confidencial, siendo propiedad exclusiva de las empresas candidatas.

Base novena. Concesión de los premios y jurados.

1. Se constituirán Jurados Provinciales que estarán integrados por personalidades distinguidas del mundo empresarial y relacionadas con la Excelencia Empresarial de cada provincia andaluza. Cada Jurado Provincial resolverá el ganador de la Mejor Práctica de Gestión de la Provincia, que será presentado como finalista al Jurado del Premio Andaluz a la Excelencia.

2. Los Premios a la Excelencia Empresarial y a las Mejores Prácticas de Gestión de Andalucía se otorgarán mediante resolución del Jurado del Premio Andaluz a la Excelencia que, designado por el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, estará integrado por personalidades distinguidas del mundo empresarial andaluz y relacionadas con la Excelencia Empresarial.

3. Las decisiones de los Jurados no estarán sujetas a apelación.

Base décima. Informe de Evaluación.

A todas las organizaciones participantes, en cualquiera de las modalidades de reconocimiento, se les hará entrega de un Informe de Evaluación en el que se detallarán sus puntos fuertes, áreas de mejora y el rango donde se encuentra la puntuación obtenida para cada uno de los criterios de valoración descritos en la base séptima.

Base undécima. Empresas galardonadas.

1. Los Premios a la Excelencia Empresarial y a las Mejores Prácticas de Gestión no van acompañados de dotación económica alguna.

2. Las empresas galardonadas serán invitadas a un acto público en el que se les hará entrega simbólica del reconocimiento obtenido, que será materializado mediante una :

estatuilla :

diseñada a tal efecto y un diploma acreditativo.

3. Las empresas galardonadas podrán hacer publicidad de dicha concesión mediante una :

huella:

o logotipo en membretes, anuncios, productos, memorias, etc., especificando el reconocimiento obtenido y el año en que fueron premiadas, así como publicar y difundir la concesión del Premio en cualquier medio de comunicación.

4. Estas empresas tendrán la oportunidad de compartir su experiencia mediante su participación en jornadas informativas o de difusión del Premio en posteriores convocatorias.

Asimismo, podrán formar parte de los Jurados en posteriores convocatorias de éste.

5. Las empresas galardonadas en los Premios a la Excelencia Empresarial recibirán apoyo por parte del Comité Organizador para la participación en las convocatorias a otros premios a la excelencia empresarial en los ámbitos nacional y europeo.

6. Las empresas galardonadas en los Premios a las Mejores Prácticas de Gestión, recibirán apoyo por parte del Comité Organizador para la participación en las próximas convocatorias del Premio Andaluz a la Excelencia en su modalidad de Premio a la Excelencia Empresarial para PYMES.

7. La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, difundirá públicamente el nombre de las empresas galardonadas por lo que éstas no podrán hacer pública, hasta la fecha oficial de la concesión del premio, la información sobre la resolución de los Jurados que le pueda transmitir el Comité Organizador.

Anexo II Omitido.

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