TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PLENO
SECCIÓN TERCERA
Excmos. Sres.:
Jiménez Sánchez
Gay Montalvo
Sala Sánchez
Nº de Registro: 1836-2005
ASUNTO: Cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Córdoba. (P.A. 514/2003).
SOBRE: Disposición transitoria primera, 2, de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales por posible vulneración del art. 149.1. 18ª y 30ª de la C.E..
La Sección, en el asunto de referencia, acuerda:
1. Admitir a trámite la cuestión que, mediante las anteriores actuaciones, plantea el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Córdoba en relación con la disposición transitoria primera, 2, de la Ley del Parlamento de Andalucía 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, por posible vulneración de los apartados 18 y 30 del art. 149.1 de la Constitución.
2. Dar traslado de las actuaciones recibidas, conforme establece el artículo 37.2 de la Ley Orgánica de este Tribunal, al Congreso de los Diputados y al Senado, por conducto de sus Presidentes, al Gobierno, por conducto del Ministro de Justicia, y al Fiscal General del Estado, así como al Parlamento y al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por conducto de sus Presidentes, al objeto de que, en el improrrogable plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
3. Publicar la incoación de la cuestión en el Boletín Oficial del Estado y en el de la Junta de Andalucía.