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MODIFICACIÓN DEL NEGOCIADO DE INFRAESTRUCTURAS LOCALES

11/04/2005
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Orden Foral 2/2005, de 2 de febrero, del Consejero de Administración Local, por la que se modifica el Negociado de Infraestructuras Locales (BON de 11 de abril de 2005). Texto completo.

ORDEN FORAL 2/2005, DE 2 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE MODIFICA EL NEGOCIADO DE INFRAESTRUCTURAS LOCALES.

Mediante Orden Foral 343/1995, de 15 de diciembre, se creó el Negociado de Infraestructuras Locales, estableciéndose sus funciones.

Por Orden Foral 324/2003, de 15 de septiembre, se adscribe el citado Negociado a la Sección de Cooperación Técnica de Infraestructuras Locales.

Resulta necesario, en estos momentos, llevar a cabo una modificación de las funciones del Negociado de Infraestructuras, en cuanto que el mismo debe ser el soporte informático del Plan de Infraestructuras Locales, debiendo gestionar todos los expedientes del citado Plan, y no únicamente los expedientes de alumbrado público, como se establecía en la Orden Foral 343/1995, de 15 de diciembre.

En su virtud,

ORDENO:

1.º Modificar el Negociado de Infraestructuras Locales, adscrito jerárquicamente a la Sección de Cooperación Técnica de Infraestructuras Locales, pasando a ejercer las siguientes funciones:

a) Administración de tablas estándares y generales del sistema Gpi/Sap, preparación de la carga automática de expedientes.

b) Parametrización de la generación automática de documentos word anexados al sistema Gpi/Sap (modelos de documentos, plantillas y variables).

c) Definición de Queries para la obtención de información no estándar del sistema Gpi/Sap y migración a otros entornos.

d) Generación de información agregada y estadística de los Planes de Infraestructuras.

e) Asesoramiento a los usuarios finales del Servicio, con relación al uso de las herramientas del sistema Gpi/Sap.

f) Cálculo de los indicadores de selección en los Planes de Infraestructuras (DIG, RI, CSP) y desarrollo de funcionalidades relacionadas con la priorización de los Planes.

g) Otras tareas relacionadas con los sistemas de Información de interés para el Servicio.

h) Cuantas tareas se le encomienden por la Jefatura de Sección de Gestión de Infraestructuras Locales.

2.º Dar traslado de la presente Orden Foral al Servicio de Ordenación de la Función Pública Local de la Dirección General de la Función Pública y a la Secretaría Técnica del Departamento de Administración Local, a los efectos oportunos.

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