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COFINANCIACIÓN DE LAS PRESTACIONES BÁSICAS DE SERVICIOS SOCIALES

30/03/2005
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Orden de 17 de marzo de 2005, por la que se determina el monto económico que corresponde a los ayuntamientos canarios para la cofinanciación de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales (BOC de 30 de marzo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE MARZO DE 2005, POR LA QUE SE DETERMINA EL MONTO ECONÓMICO QUE CORRESPONDE A LOS AYUNTAMIENTOS CANARIOS PARA LA COFINANCIACIÓN DE LAS PRESTACIONES BÁSICAS DE SERVICIOS SOCIALES.

El Decreto 90/2002, de 16 de julio, por el que se regula la cofinanciación de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales a gestionar por los Ayuntamientos de Canarias (B.O.C. nº 100, de 24 de julio), tiene por objeto determinar los porcentajes y el procedimiento de distribución, entre los Ayuntamientos, de las dotaciones presupuestarias que anualmente se destinan a cofinanciar los Proyectos de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales en los centros de Atención Social Básica que las sustentan.

En tal sentido el artículo 6.2 del referido Decreto establece que, a efectos de la distribución de los fondos entre los Ayuntamientos, en el primer cuatrimestre de cada año, mediante Orden del titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, se determinará el monto económico que les corresponda en cada ejercicio, tanto en el corriente como en los futuros, así como las cuantías que estén afectas a los proyectos plurianuales en ejecución y las que se destinen a la presentación de nuevos proyectos cuando exista crédito que no esté comprometido en la ejecución de dichos proyectos plurianuales.

En su virtud, en uso de las competencias conferidas en la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y en el Decreto 90/2002, de 16 de julio, por el que se regula la cofinanciación de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales a gestionar por los Ayuntamientos de Canarias,

RESUELVO:

Primero.- Determinar el monto económico de los proyectos plurianuales en ejecución que corresponde a los Ayuntamientos de Canarias para la cofinanciación de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, tanto en el presente ejercicio económico como en el futuro, en los términos que se consignan en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

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