La fiscalía y el Ministerio afirman que aunque España tiene suficientes leyes para proteger el medio ambiente, hay pocas condenas. El nuevo cargo se creará en la reforma de la Ley de Montes, que el Gobierno aprobará antes de verano e incluirá la prohibición de recalificar el monte quemado antes de 30 años.
En España hay muchas leyes, normas, decretos, reglamentos y ordenanzas para proteger la naturaleza. Sin embargo, el Ministerio de Medio Ambiente considera que el cumplimiento de las normas no es el adecuado. La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, asegura que “es difícil garantizar el cumplimiento de las leyes. La investigación que hace la fiscalía de los delitos medioambientales es actualmente el eslabón débil de la cadena porque estas infracciones requieren pruebas periciales, formación y coordinación. En algunos juzgados se actúa con firmeza y en otros los jueces y fiscales desconocen las normas”.
El Fiscal General del Estado propone “una estructura más eficaz para la lucha contra la delincuencia medioambiental que permita contar con secciones de Medio Ambiente coordinadas desde la cúpula por un fiscal de primera categoría”. La reforma legal necesaria para crear la nueva fiscalía es sencilla. Se trata de modificar dos artículos de la Ley reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, de 1981. Con la reforma, cada Audiencia Provincial y cada Tribunal Superior de Justicia contará con una nueva sección especial.
Estos representantes del ministerio público formarán una red de fiscales de medio ambiente que elaborará un informe anual. A esta red “se le adscribirán las unidades del Seprona, así como el resto de fuerzas de seguridad que tengan competencias medioambientales”. El Seprona cuenta con 1.667 agentes. El sistema es similar al de las fiscalías especializadas en la violencia sobre la mujer.
El texto se introducirá en la reforma de la Ley de Montes que el Gobierno prevé enviar al Congreso antes de verano. En ella se incluirá también la prohibición de recalificar el monte quemado antes de 30 años. La ley vigente, de 2003, deja en manos de las autonomías cómo y cuando se puede recalificar el bosque que ha sufrido incendios.