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COMPETENCIAS DELEGADAS EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

23/03/2005
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Resolución GAP/777/2005, de 17 de marzo, de avocación de las competencias delegadas en el director general de la Función Pública y de delegación de competencias en la secretaria de Administración y Función Pública (DOGC de 23 de marzo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN GAP/777/2005, DE 17 DE MARZO, DE AVOCACIÓN DE LAS COMPETENCIAS DELEGADAS EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA.

Mediante el Decreto 34/2005, ha cesado el director general de la Función Pública.

Determinadas competencias del director general de la Función Pública se ejercen por delegación del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas, de acuerdo con la Resolución GAP/2665/2004, de 29 de septiembre.

Considerando el elevado volumen de expedientes que se gestionan en relación con las competencias delegadas, es necesario avocarlas y delegarlas temporalmente en la secretaria de Administración y Función Pública.

En consecuencia, de acuerdo con lo que disponen los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

Resuelvo:

.1 Avocar las competencias delegadas en el director general de la Función Pública por la Resolución GAP/2665/2004, de 29 de septiembre, y delegarlas en la secretaria de Administración y Función Pública.

.2 La avocación y delegación de las competencias tiene efectos desde el día 17 de marzo de 2005 hasta la fecha de publicación del decreto de nombramiento de un nuevo director general de la Función Pública.

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