El Consejo de Estado -dice el dictamen- comparte la necesidad de favorecer y fomentar la creación de entidades jurídicas separadas y por eso habla de la necesaria corrección de la anómala situación presente donde las mutuas realizan unos servicios de prevención ajenos mediante una confusión de patrimonios y servicios a costa y en perjuicio del patrimonio único de la Seguridad Social y con efectos perniciosos en la competencia con entidades mercantiles que realizan también paralelamente servicios de prevención.
El Consejo de Estado sólo pone una pega al proyecto de Decreto del Ministerio de Trabajo: no se puede establecer por Decreto la exigencia de imponer a las mutuas la constitución obligatoria de una sociedad mercantil de prevención. El mismo dictamen, que considera urgente y necesario abordar este proceso, propone una alternativa para que el decreto siga su curso legal y se aborde la segregación. La fórmula que ofrece el Consejo de Estado es que las mutuas realicen la segregación de forma voluntaria. Las mutuas, a través de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (AMAT), han participado en el proceso de elaboración del proyecto de Real Decreto y llegaron a un acuerdo con la Secretaría de Estado de Seguridad Social sobre la necesidad de abordar el proceso de segregación. Este acuerdo anterior al dictamen del Consejo de Estado favorece el establecimiento de la opción voluntaria en el proyecto de Real Decreto.
Además, el Consejo de Estado aconseja en su dictamen que el Decreto de segregación contenga una serie de requisitos que lleven a las mutuas a optar de forma voluntaria por la creación de sociedades mercantiles de prevención. “Requisitos orientados a garantizar la debida separación de actividades, medios humanos, materiales, y financieros, a fin de evitar la financiación pública de actividades privadas y las prácticas restrictivas de competencia, de abuso de posición dominante o de competencia desleal; requisitos orientados, en definitiva a evitar los incumplimientos normativos o las prácticas ilegales, que se denuncian por el Tribunal de Cuentas, la Intervención General de la Seguridad Social y otros informes” concluye el Consejo de Estado.