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  • EDICIÓN DE 21/03/2005
 
 

PLAZO PARA PODER SUSTITUIR A LOS BECARIOS DE NUEVA CONCESIÓN QUE RENUNCIEN A LAS BECAS FI

21/03/2005
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Resolución UNI/739/2005, de 10 de marzo, por la que se amplía el plazo para poder sustituir a los becarios de nueva concesión que renuncien a las becas FI en el marco de la convocatoria del nuevo programa para la concesión y la renovación de becas predoctorales, para la formación de personal investigador, y de ayudas destinadas a las universidades para contratar personal para su inserción laboral en el mundo de la investigación, para el año 2005 (DOGC de 21 de marzo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN UNI/739/2005, DE 10 DE MARZO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO PARA PODER SUSTITUIR A LOS BECARIOS DE NUEVA CONCESIÓN QUE RENUNCIEN A LAS BECAS FI EN EL MARCO DE LA CONVOCATORIA DEL NUEVO PROGRAMA PARA LA CONCESIÓN Y LA RENOVACIÓN DE BECAS PREDOCTORALES, PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR, Y DE AYUDAS DESTINADAS A LAS UNIVERSIDADES PARA CONTRATAR PERSONAL PARA SU INSERCIÓN LABORAL EN EL MUNDO DE LA INVESTIGACIÓN, PARA EL AÑO 2005.

Por la Resolución UNI/2418/2004, de 6 de septiembre (DOGC núm. 4219, de 15.9.2004), en el marco del III Plan de investigación, se aprobaron las bases y se abrió la convocatoria del nuevo programa para la concesión y la renovación de becas predoctorales, para la formación de personal investigador, y de ayudas destinadas a las universidades para contratar personal para su inserción laboral en el mundo de la investigación, para el año 2005.

De conformidad con lo que dispone la base 24 del anexo 1 de la Resolución UNI/2418/2004, de 6 de septiembre, las bajas que se produzcan por renuncia u otras causas entre los becarios de nueva concesión dentro de los tres primeros meses del año, podrán ser cubiertas por resolución del presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación de la AGAUR con la adjudicación de las vacantes a los solicitantes.

Dado que el artículo 11.1.q) de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas en el presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación, en fecha 1 de febrero de 2002 y ratificadas el 5 de diciembre de 2002;

En el uso de las funciones que me han sido delegadas por el Consejo de Dirección de la Agencia en sesión de 5 de diciembre de 2002,

Resuelvo:

Excepcionalmente, ampliar el plazo hasta el 31 de mayo de 2005 para sustituir las bajas que se produzcan por renuncia que tengan como causa la concesión de otra beca entre los becarios de nueva concesión. Las sustituciones se formalizarán por resolución del presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación con la adjudicación de las vacantes a los solicitantes que figuren en la lista de reserva.

Disposición final

Esta Resolución agota la vía administrativa, y se indican los recursos que se pueden interponer en contra: recurso potestativo de reposición ante el presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación por acuerdo de delegación del Consejo de Dirección de la Agencia de fecha 5 de diciembre de 2002, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el DOGC; o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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