Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/03/2005
 
 

PROYECTO DE LEY DE REFORMAS PARA EL IMPULSO DE LA PRODUCTIVIDAD

18/03/2005
Compartir: 

Se realizan modificaciones en el mercado energético, en la distribución de tabacos, en los servicios funerarios y se mejora el funcionamiento de la Administración, con el fin de liberalizar algunos sectores e incrementar la competencia.

Sector energético

Se modifica el sistema de remuneración realizado a la Comisión Nacional de la Energía, ajustando sus ingresos a las competencias y actividades realizadas y no, como hasta ahora, que estaban ligados porcentualmente a las variaciones que experimentaban los precios y la demanda de electricidad, gas y petróleo. Dicha retribución será revisada cada cuatro años, siendo la primera en 2006.

Además, el Proyecto de Ley crea la entidad pública empresarial ENRESA de gestión de residuos radiactivos. Dicha entidad queda adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de la Secretaría General de Energía.

Dicha entidad pública gestionará, administrará y dispondrá de los bienes y derechos que integran su patrimonio, y se encargará de la prestación del servicio de gestión de los residuos radiactivos, incluido el combustible gastado; el desmantelamiento y clausura de instalaciones nucleares y radiactivas; la elaboración de las propuestas del Plan General de Residuos Radiactivos; la ejecución de lo establecido en dicho Plan y la gestión del Fondo para la financiación de las actividades del Plan General de Residuos Radiactivos, todo ello de conformidad con la previsión de dicho plan.

En el sector eléctrico se amplía hasta el 1 de enero de 2010 la existencia de tarifas de suministro de alta tensión para los grandes consumidores. El Real Decreto Ley 6/2000 preveía que abandonaran la tarifa antes del 1 de enero de 2007, pero la realidad es que el proceso de cambio ha sido más lento de lo esperado y es necesario incrementar la certidumbre a estos consumidores. También se adoptan medidas para impulsar la biomasa, en línea con los objetivos del Plan de Fomento de Energías Renovables, así como la autorización por parte del Gobierno a dar contraprestaciones superiores a las instalaciones que utilicen como energía primaria energía solar o biomasa.

En hidrocarburos líquidos, se autoriza a las cooperativas agrarias a comercializar productos petrolíferos, distintos del gasóleo B, a terceros no socios, sin necesidad de constituir una sociedad independiente, lo que permitirá incrementar la competencia en el mercado minorista de estos productos.

En hidrocarburos gaseosos, se habilita a la Comisión Nacional de la Energía a efectuar las liquidaciones mensuales a las compañías de gas a partir de los ingresos recaudados por tarifas y peajes. De este modo, se agilizan los trámites administrativos y se generan menores distorsiones financieras a las empresas.

En energía nuclear, el Ministerio de Industria y Comercio podrá acordar la celebración de concursos o subastas para la enajenación de los terrenos de las centrales nucleares en moratoria a quien realice la mejor oferta. Cuando los titulares estén interesados, tendrán derecho a igualar la mejor oferta, y se procederá a la desinversión mediante el inicio de su explotación para fines productivos.

Mercado de distribución del mercado de tabacos

Se liberaliza la distribución mayorista, con el objeto de posibilitar una competencia efectiva. Entre otras medidas, se elimina la obligatoriedad de tener que disponer de almacenes propios. En lo que respecta al funcionamiento de la red de distribución minorista, se adoptan reformar para impulsar la eficiencia y productividad. Así, se permite que los estancos puedan transportar el tabaco a sus clientes del segundo canal, se permite la transmisión de las expendedurías a personas no familiares del titular y se reduce a 25 años el plazo de las concesiones que se efectúen a partir de la entrada en vigor de esta Ley, así como las que se transmitan.

Servicios funerarios

Se liberaliza la prestación de estos servicios, y se les permite operar en todo el territorio nacional a las empresas que cuenten con autorización de cualquier ayuntamiento, lo que facilitará la competencia.

Apoyo a los destinos turísticos maduros

El Estado apoyará financieramente los planes de renovación y modernización integral de destinos turísticos maduros, diseñados y ejecutados mediante la iniciativa conjunta entre las diversas Administraciones y el sector privado.

Mejora en el funcionamiento de la Administración

Se modifica la legislación de la Sociedad Limitada Nueva Empresa, con el fin de facilitar el cambio de denominación social y facilitar los trámites de creación. Así, no se tendrán que pagar derechos arancelarios notariales ni registrales si el cambio de denominación se realiza en el plazo de tres meses desde la constitución. Por otro lado, para agilizar la labor de las Administraciones y evitar molestias a los ciudadanos, se facilitará la información de carácter tributario por medios telemáticos, siempre que no exista una ley que obligue al previo consentimiento del interesado.

Fe pública

En materia de fe pública, los notarios y registradores deberán facilitar la información relativa a la aplicación del arancel notarial y registral a los Ministerios de Justicia y de Economía y Hacienda. También se agilizarán los plazos de tramitación. Así, se fija el plazo máximo de quince días para inscribir un documento desde la fecha de asiento de presentación. De no cumplirse este plazo, el interesado podrá requerir al registrador que realice la inscripción en un plazo máximo de tres días. Las inscripciones realizadas fuera de estos plazos conllevarán una reducción de aranceles del 30 por 100. Además, se modifica el régimen disciplinario estableciendo nuevas infracciones muy graves, como el retraso injustificado de la inscripción de los títulos presentados. Por último, se impulsa la tramitación telemática de documentos notariales en los registros, con lo que se pretende una reducción en los costes para los ciudadanos

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana