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ADAPTACIÓN DE LOS ANEXOS IV Y V DE LA LEY 20/1991

10/03/2005
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Resolución de 25 de febrero de 2005, por la que se adaptan los anexos IV y V de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, a la estructura vigente del arancel aduanero de las Comunidades Europeas (BOC de 10 de marzo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2005, POR LA QUE SE ADAPTAN LOS ANEXOS IV Y V DE LA LEY 20/1991, DE 7 DE JUNIO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ASPECTOS FISCALES DEL RÉGIMEN ECONÓMICO FISCAL DE CANARIAS, A LA ESTRUCTURA VIGENTE DEL ARANCEL ADUANERO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.

Habiéndose producido significativas modificaciones en el arancel aduanero común, reflejadas en la Resolución del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 17 de diciembre de 2004 (B.O.E. nº 315, de 31.12.04), y con el fin de garantizar la correcta identificación de las mercancías contenidas en la redacción original de los anexos IV y V de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83.4 del citado cuerpo legal, y teniendo delegado el ejercicio de la competencia por el Consejero de Economía y Hacienda, en Orden de 1 de marzo de 2004, conviene realizar una adaptación de los anexos IV y V al arancel aduanero común vigente. Por otro lado, en aras de una mayor seguridad jurídica, resulta adecuado publicar el contenido vigente de los anexos IV y V de la Ley 20/1991, estableciendo, adicionalmente, su configuración completa actual.

En virtud de todo lo expuesto,

DISPONGO:

Uno.- Se adapta parcialmente la estructura de los anexos IV y V de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias en los términos que a continuación se indican:

1. Se incluyen en el anexo IV las siguientes posiciones estadísticas, su descripción y los tipos del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM) aplicables:

Imágenes omitidas

Tres.- La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2005 para las posiciones estadísticas 0210.19.50.00; 1901.90.91.00 y 3923.10.00.00.

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