REAL DECRETO 238/2005, DE 4 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 112/2004, DE 23 DE ENERO, POR EL QUE SE CONSTITUYE Y ORGANIZA EL REAL PATRONATO DE LA CIUDAD DE CUENCA
El Real Patronato de la Ciudad de Cuenca se creó por el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca, al objeto de promover y coordinar aquellas actuaciones realizadas por distintas Administraciones orientadas a la conservación y revitalización del patrimonio cultural de la ciudad, dada su relevancia como uno de los principales conjuntos monumentales de España y declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.
Posteriormente, el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha establecido una nueva estructura de los departamentos de la Administración General del Estado.
Debido a estos cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los departamentos ministeriales, resulta necesario adaptar a esta nueva situación la composición de los vocales de la Administración General del Estado que forman parte del Real Patronato de la Ciudad de Cuenca.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Cultura, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005, DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca.
El apartado 1 del artículo 4 del Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca, queda redactado en los siguientes términos:
“1. Bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad El Rey, el Real Patronato tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: el Presidente del Gobierno.
b) Vicepresidente: la Ministra de Cultura, que sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida.
c) Vocales:
El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
El Ministro de Economía y Hacienda.
La Ministra de Fomento.
El Ministro de Administraciones Públicas.
La Ministra de Vivienda.
El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
El Alcalde de Cuenca.
El Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca.
El Obispo de Cuenca.
El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.
d) Secretario: el Subsecretario de Cultura.” Disposición adicional única. Referencias al antiguo Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Aquellas referencias efectuadas en el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministro de Educación, Cultura y Deporte se entenderán realizadas al Ministerio de Cultura y al Ministro de Cultura, respectivamente.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.