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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2000

03/03/2005
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Orden de 15 de febrero de 2005, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2000, por la que se desarrolla el Decreto 106/200, de 18 de julio, por el que se regula el Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su administración (DOGV de 2 de marzo de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 15 DE FEBRERO DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2000, POR LA QUE SE DESARROLLA EL DECRETO 106/200, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL PARQUE MÓVIL DEL GOBIERNO VALENCIANO Y SU ADMINISTRACIÓN.

La Orden de 30 de diciembre de 2000, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (DOGV nº 3.920, de 18.1.2001), por la que se desarrolla el Decreto 106/2000, de 18 de julio del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su administración, estableció en sus anexos los modelos de documentos a utilizar por el Parque Móvil de la Generalitat.

La experiencia acumulada durante los años de funcionamiento del Parque Móvil ha demostrado la necesidad de modificar periódicamente los modelos de documentos a utilizar en la gestión de los servicios del Parque, en unos casos para adaptarlos a la realidad actual, y en otros para aprovechar los avances tecnológicos que se van incorporando a la vida diaria.

Esta necesidad de adaptación periódica aconseja también prever un mecanismo ágil de modificación de dichos modelos de documentos, permitiendo que sea el titular del centro directivo al que está adscrita la gestión del Parque Móvil el que pueda establecer en cada momento los modelos a utilizar.

Por todo ello, en virtud de los dispuesto en el artículo 35.e de la Ley 30/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, y en uso de la facultad otorgada por la disposición final del Decreto 106/2000, de 18 de julio, del Gobierno Valenciano ORDENO

Artículo 1. Supresión de las referencias a los anexos Suprimir de los anexos de la Orden de 30 de diciembre de 2000, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (DOGV núm. 3.920, de 18.1.2001), por la que se desarrolla el Decreto 106/2000, de 18 de julio del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su administración, los incisos que a continuación se relacionan:

En el artículo 3.2, el inciso -(anexo I)-.

En el artículo 3.7, el inciso -(anexo II)-.

En el artículo 4.2, el inciso -(anexo II)-.

En el artículo 5.1, el inciso -según anexo III-.

En el artículo 7, el inciso -(anexo IV)-.

En el artículo 14.3, el inciso -(anexo V)-.

Artículo 2. Nueva redacción del artículo 5 El artículo 5 de la Orden de 30 de diciembre de 2000 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, queda redactado en los siguientes términos:

“La realización de los servicios de los vehículos de la clase B y C se acreditará mediante la cumplimentación del correspondiente modelo normalizado.”

Artículo 3. Nueva redacción de la disposición final primera La disposición final primera de la Orden de 30 de diciembre de 2000 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, queda redactada en los siguientes términos:

“Se autoriza al titular del centro directivo al que está adscrita la gestión del Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su administración para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente orden. Se le autoriza asimismo para determinar los modelos normalizados de documentación previstos en la presente orden y para establecer aquellos otros que considere necesarios en relación con la gestión del Parque Móvil”.

Artículo 4. Supresión de los anexos Quedan suprimidos los anexos de la Orden de 30 de diciembre de 2000, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (DOGV nº 3.920, de 18.1.2001), por la que se desarrolla el Decreto 106/2000, de 18 de julio del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Parque Móvil del Gobierno Valenciano y su administración.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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