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  • EDICIÓN DE 24/02/2005
 
 

BECA PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO DE ARCHIVOS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS

24/02/2005
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Resolución de 14 de febrero de 2005, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se convoca una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales (BOJA de 24 de febrero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE FEBRERO DE 2005, DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA, POR LA QUE SE CONVOCA UNA BECA PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO DE ARCHIVOS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS A FONDOS DOCUMENTALES.

En virtud de lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, así como en la Disposición Adicional Primera de la Orden de 27 de agosto de 2003 de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales la competencia para convocar anualmente y resolver una beca para la formación de personal técnico en materia de Archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales, RESUELVO

Artículo 1. Se convoca una beca para la formación de personal técnico en materia de Archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales para la Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte de Málaga.

Artículo 2. Bases Reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras que figuran recogidas en el Anexo I de la de la Orden de 27 de agosto de 2003 de la Consejería de Turismo y Deporte, BOJA número 183 de 23 de septiembre.

Artículo 3. Solicitudes.

Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura en el Anexo II de la Orden de 27 de agosto de 2003 de la Consejería de Turismo y Deporte, BOJA número 183 de 23 de septiembre, y se presentarán en la forma y lugar indicados en la Base Quinta, acompañadas de la documentación correspondiente.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.

Artículo 4. Lugar.

La beca se desarrollará en las dependencias de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Málaga.

Artículo 5. Actividades.

Todas las actividades se ejecutarán de acuerdo con el programa elaborado para el becario por el titular de la Secretaría General de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Málaga, y bajo su supervisión, reflejando en un informe final la valoración de los resultados alcanzados. El Director de los trabajos será el Secretario de la Comisión de selección.

Artículo 6. Selección de Candidatos.

La selección de candidatos se realizará por una Comisión compuesta por:

Presidente: El Delegado Provincial de la Delegación Provincial de Málaga.

Vocales:

- El Secretario General de la Delegación Provincial de Málaga.

- El Jefe del Servicio de Turismo de la Delegación Provincial de Málaga.

- La Jefa de Servicio de Comercio de la Delegación Provincial de Málaga.

- El Jefe del Servicio de Deporte de la Delegación Provincial de Málaga.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el titular de la Unidad de Información y Documentación de la Delegación Provincial de Málaga.

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