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MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA PARTE NORMATIVA DEL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NATURAL DE IZKI

21/02/2005
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Decreto 26/2005, de 8 de febrero, de modificación del Decreto por el que se aprueba la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Izki (BOPV de 21 de febrero de 2005). Texto completo.

DECRETO 26/2005, DE 8 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA LA PARTE NORMATIVA DEL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NATURAL DE IZKI.

Mediante Decreto 64/1998, de 31 de marzo, se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del área de Izki, declarándose esta zona Parque Natural por Decreto 65/1998, de 31 de marzo, por el que se declara Parque Natural el área de Izki. El PRUG se aprueba mediante el Decreto 200/2000, de 10 de octubre, por el que se aprueba la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Izki y se ordena su publicación íntegra.

En el artículo 4.2.2.2 del PRUG de Izki se regulaba la caza de la paloma. Se ha visto la conveniencia de su modificación, con el objetivo de regular el ejercicio del uso del fuego en las chozas de los puestos de caza.

El procedimiento seguido para la aprobación de la modificación, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, ha consistido en la elaboración del documento inicial por el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava, a instancia del Patronato del Parque Natural.

La propuesta de modificación se sometió a informe de las entidades locales menores, las asociaciones representativas de los intereses sociales de la zona, el Consejo Asesor de Conservación de la Naturaleza del País Vasco y aprobación del Patronato del Parque Natural y fue aprobada inicialmente por la Diputación Foral de Álava. Con posterioridad, fue emitido informe por los órganos competentes en materia urbanística del Gobierno Vasco y de la Diputación Foral de Álava. Seguidamente el Consejo de Diputados de la Diputación Foral de Álava aprobó definitivamente la propuesta de modificación y fue sometida a informe de la Comisión Ambiental de País Vasco y de Landaberri.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de febrero de 2005,

DISPONGO:

Artículo único.– Se modifica el artículo 4.2.2.2 del Decreto 200/2000, de 10 de octubre, por el que se aprueba la parte normativa del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Izki, que queda redactado como sigue:

“4.2.2.2.– Paloma.

Los puestos de caza a parado deberán estar autorizados por el Departamento de Agricultura.

Las podas del arbolado y, en general, cualquier modificación del medio que sea necesaria para el correcto desarrollo de la actividad deberá contar con autorización de la autoridad forestal correspondiente.

Se prohíbe el abandono de cualquier tipo de residuo o basura y, específicamente, de cartuchos.

La utilización de fuego en las chozas se podrá realizar única y exclusivamente en la temporada de caza de la paloma y por el/los adjudicatario/s de las chozas, siendo estos últimos los responsables de la retirada de los dispositivos o recipientes utilizados para tal fin una vez concluida la temporada.

El Órgano Gestor del Parque determinará el utensilio o recipiente autorizado para la realización del fuego en las chozas, que será siempre de carácter no permanente.

Queda prohibida la utilización de cualquier otro dispositivo no autorizado expresamente por el Órgano Gestor del Parque Natural”.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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