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  • EDICIÓN DE 18/02/2005
 
 

MODELO DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA 31

18/02/2005
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Orden de 7 de febrero de 2005, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la Tasa 31, por servicios prestados por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica (BOA de 18 de febrero de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 7 DE FEBRERO DE 2005, DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA 31, POR SERVICIOS PRESTADOS POR EL COMITÉ ARAGONÉS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA.

Mediante la Ley 12/2004, de 29 de diciembre de medidas tributarias y administrativas se ha creado la Tasa 31 por prestación de servicios por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica, previéndose que parte de las tasas se exigirán por el procedimiento de autoliquidación.

Por ello, con objeto de facilitar el procedimiento tributario de dicha Tasa, resulta preciso establecer el modelo de autoliquidación.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias que tengo atribuidas por el ordenamiento jurídico, resuelvo:

Primero.-Aprobación del modelo.

1. Se aprueba el modelo 531, que se inserta como Anexo, para la autoliquidación de la Tasa 31 por prestación de servicios por el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica, cuya utilización será obligatoria a partir de la publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”.

2. El citado modelo consta de tres ejemplares: para la Administración, para el interesado y para la entidad colaboradora.

Segundo.-Medios de pago.

1. Los sujetos pasivos procederán a efectuar su autoliquidación y abonar el importe resultante por los medios de pago previstos en el siguiente párrafo, con carácter previo a la solicitud del servicio o actuación administrativa correspondiente.

2. El pago de la Tasa podrá realizarse por alguno de los medios siguientes:

a) En efectivo, en la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón en Zaragoza o en las Cajas de los Servicios Provinciales de Economía, Hacienda y Empleo de Huesca, Teruel y Zaragoza.

b) Ingreso en las cuentas autorizadas de las entidades de crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.-Lugar de presentación.

El interesado presentará el ejemplar diligenciado de autoliquidación correspondiente a la Administración en el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica del Departamento de Agricultura y Alimentación, que comprobará la autoliquidación practicada y, una vez conforme, cursará la petición de realización del servicio correspondiente.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor a partir de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXOS

Omitidos

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