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PROYECTO DE LEY POR EL QUE SE DEROGA LA LEY QUE ESTABLECE LAS BASES DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS CÁMARAS AGRARIAS

14/02/2005
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El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se deroga la Ley que establece las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias, debido a que las funciones que la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias enumera se han visto superadas, en muchos casos, por posteriores desarrollos normativos.

Por otro lado, las elecciones a miembros de las Cámaras Agrarias como instrumento de medida de la representatividad de las organizaciones profesionales no se han venido celebrando de forma homogénea en todo el territorio nacional, por lo que este sistema de valoración de la representatividad debe ser mejorado.

En este sentido, la disposición transitoria única del Proyecto de Ley se ocupa de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, especificando que en el plazo máximo de tres años se establecerá la norma que regule un nuevo sistema para la determinación de la representatividad de estas organizaciones profesionales agrarias. Hasta entonces se tendrán en cuenta, a estos efectos, los resultados de las últimas elecciones para la elección de miembros de Cámaras Agrarias de ámbito provincial celebradas de conformidad con la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias.

En consecuencia, seguirán manteniendo la consideración de más representativas ante la Administración General del Estado las organizaciones profesionales de agricultores y ganaderos que en la actualidad la tienen reconocida.

Todas estas medidas adoptadas en el Proyecto de Ley se refieren, lógicamente, a la representación de ámbito nacional, ya que las Comunidades Autónomas podrán adoptar las decisiones que consideren más convenientes en sus respectivos ámbitos territoriales.

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