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  • EDICIÓN DE 08/02/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 14 DE DICIEMBRE DE 1999

08/02/2005
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Orden de 4 de febrero de 2005, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Orden de 14 de diciembre de 1999, por la que se crean los Premios Justicia de la Generalitat Valenciana (DOGV de 8 de febrero de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 14 DE DICIEMBRE DE 1999, POR LA QUE SE CREAN LOS PREMIOS JUSTICIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA

Por Orden de 14 de diciembre de 1999, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 3.664 de 12 de enero de 2000, se crearon los Premios Justicia de la Generalitat Valenciana, como reconocimiento a los esfuerzos de las personas e instituciones que trabajan en el ámbito de la administración de justicia.

Posteriormente, el 24 de septiembre de 2003, dicha orden fue modificada para adaptarla a la nueva estructura orgánica y funcional de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, habiéndose omitido en la nueva redacción del artículo 7 “composición del jurado” la mención de la directora general de Justicia como vocal.

Transcurridos cuatro años desde su entrada en vigor, se considera conveniente incluir un premio más, denominado Arte y Justicia, que constituya un reconocimiento a la creación artística alegórica de la justicia y que será expuesta en la Ciudad de la Justicia de Valencia, adquiriéndose los derechos de dicha obra, así como corregir la omisión de la Dirección General de Justicia en la composición del jurado.

Por ello, en aras de una mayor claridad y seguridad jurídica, se considera oportuno una nueva orden que regule de manera integral los Premios Justicia y que sustituya la norma anterior.

Para la elaboración de la presente disposición se ha seguido el procedimiento establecido en el articulo 49 bis apartado 1, de la Ley 1/2002, de 26 de febrero, de la Generalitat Valenciana, por la que se modifica la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, con exclusión del trámite de audiencia por no afectar el contenido de la orden que se propone a la esfera de derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.

Por todo ello, haciendo uso de las facultades concedidas por el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano, en relación con el Decreto 181/2004, de 1 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, ORDENO Artículo 1 Se crean los Premios Justicia de la Generalitat Valenciana, con el fin de reconocer y premiar públicamente a aquellas personas físicas y jurídicas, ya sean de naturaleza pública o privada, que desde un ámbito personal, laboral, social, institucional o cultural, han destacado por su esfuerzo en la mejora y en la prestación del servicio de la administración de justicia.

Artículo 2 Las propuestas para la concesión de los premios podrán formularse hasta el 15 de septiembre de cada año:

. Por iniciativa del conseller de Justicia y Administraciones Públicas.

. Por propuesta razonada de instituciones, colegios profesionales, asociaciones, universidades o entidades de reconocido prestigio que tengan relación con la justicia.

Artículo 3 Los Premios Justicia se otorgarán anualmente con motivo de la apertura del año judicial.

Artículo 4 El número de premios que se concederán anualmente para todo el ámbito de la Comunidad Valenciana será de cinco, uno de ellos denominado Arte y Justicia, destinado al reconocimiento de obras de arte alegóricas a la justicia, adquiriendo la Generalitat Valenciana la propiedad y derechos de la obra.

Artículo 5 Podrán ser premiadas tanto personas físicas como jurídicas, ya sean de naturaleza pública o privada.

Artículo 6 Cada premio consistirá en una placa conmemorativa con el anagrama de la Generalitat Valenciana y una dotación económica de 2.400 euros.

Artículo 7 Las personas o entidades ganadoras de los premios serán designadas, entre las propuestas, por un jurado que estará formado por:

Presidente: el conseller de Justicia y Administraciones Públicas.

Vocales:

. El subsecretario de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas.

. El secretario autonómico de Justicia e Interior.

. La directora general de Justicia.

. Un representante designado por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados.

. Un representante designado por el Consejo Valenciano de Colegios de Procuradores de los Tribunales.

Secretario: el jefe de Área de Relaciones con la Administración de Justicia.

Respecto del Premio Arte y Justicia, el jurado estará formado por:

Presidente: el conseller de Justicia y Administraciones Públicas.

Vicepresidente: el secretario autonómico de Justicia e Interior.

Vocales:

. El secretario autonómico de Cultura y Política Lingüística.

. La directora del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM).

. Cuatro críticos de arte designados por el conseller de Justicia y Administraciones Públicas.

Secretario: la directora general de Justicia.

Artículo 8 Durante el mes de enero de cada año se realizará una convocatoria específica del Premio Arte y Justicia, en la que se determinará el motivo o tema sobre el que deberá versar la obra, así como las bases reguladoras del citado premio.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única Queda derogada la Orden de 14 de diciembre de 1999 y la Orden de 24 de septiembre de 2003, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas.

DISPOSICIONES FINALES

Primera Se autoriza al secretario autonómico de Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de la presente orden.

Segunda La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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