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SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS

01/02/2005
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Decreto 8/2005, de 26 de enero, por el que se autoriza la fundación y constitución de la sociedad denominada Sociedad Gestora de Activos Inmobiliarios de Cantabria, S.R.L. (BOCA de 4 de febrero de 2005). Texto completo.

DECRETO 8/2005, DE 26 DE ENERO, POR EL QUE SE AUTORIZA LA FUNDACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DENOMINADA SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L.

Desde su toma de posesión en julio de 2003, el Gobierno de Cantabria tiene como objetivo prioritario el de promover medidas tendentes, de una parte, a modernizar la gestión de los servicios públicos regionales mediante la mejora en la asignación de los recursos y activos propios y, de otra, el desarrollo de nuevas infraestructuras públicas y actuaciones en sectores de carácter estratégico que son vitales para el desarrollo socio-económico de Cantabria, atendiendo así los requerimientos de nuestra sociedad para el bienestar de sus ciudadanos, todo lo cual exige fuertes inversiones y el logro de altas cotas de eficiencia económica.

La consecución de estos objetivos, por ello, no es baladí máxime si consideramos el radical efecto ocasionado por la entrada en vigor de las leyes de estabilidad presupuestaria, de diciembre de 2001, cuya aplicación exige la consecución de un saldo equilibrado en la ejecución del presupuesto de las Administraciones Públicas Está por ello en el ánimo del Gobierno de Cantabria acometer este ambicioso plan sin recurso presupuestario -es decir sin recurso a los ciudadanos-, a través del Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y mediante la creación de empresas públicas especializadas.

Para vertebrar todas estas actuaciones y coordinar a las empresas públicas del Gobierno de Cantabria, el Consejo de Gobierno autorizó mediante Decreto 55/2004, de 27 de mayo (BOC, número 120, de 21 de julio de 2004), la creación de la Sociedad Regional de Coordinación Financiera con las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, S.R.L. (CEP Cantabria), que inició formalmente sus funciones el pasado septiembre de 2004. CEP Cantabria opera así como empresa pública que pone en valor las políticas públicas del Gobierno de Cantabria dirigidas a lograr los objetivos descritos. CEP Cantabria es una empresa cien por cien pública, adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda, si bien al tener forma jurídica de sociedad mercantil actúa en régimen de Derecho Privado.

Entre las funciones encomendadas a CEP Cantabria se encuentra así, la coordinación y el asesoramiento financiero de las empresas públicas cántabras, pero también el diseño desde una óptica empresarial y de mercado de proyectos de inversión específicos para las empresas públicas creadas o dirigidas por el Gobierno de Cantabria, con recurso a financiación estructurada.

En este orden de cosas, una de las actuaciones clave para el progreso económico de nuestra región es la de la mejora en la gestión de los bienes y activos inmobiliarios públicos de Cantabria, y la promoción y desarrollo de nuevas viviendas, dependencias administrativas, equipamientos e infraestructuras públicas, favoreciendo cuando sea menester la participación activa de la iniciativa estrictamente privada.

Para conseguir tales retos, se considera necesario contar con una empresa pública especializada en la gestión y el desarrollo directo de actuaciones inmobiliarias y en el diseño y asesoramiento técnico en tal materia a las restantes sociedades del Sector Público Empresarial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La capacidad de gestión, la agilidad en la contratación y la flexibilidad en la adaptación a las demandas sociales son rasgos característicos de un modelo de gestión pública con forma privada. Esta nueva sociedad mercantil por su inherente naturaleza, aportará la agilidad operativa que no podría alcanzarse utilizando el cauce estrictamente administrativo, y que resulta imprescindible para lograr los retos señalados.

En virtud de ello, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 7/1986, de 22 de diciembre, de Patrimonio de la Diputación Regional de Cantabria y su Reglamento, aprobado por Decreto 72/1987, de 26 de octubre, visto el informe favorable emitido por la Dirección General del Servicio Jurídico y el informe evacuado por la Intervención General, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda, y de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo y previa deliberación en el Consejo de Gobierno en sesión mantenida el 26 de enero de 2005, DISPONGO Artículo 1.- Autorización.

1.- Se autoriza al Consejo de Administración de la SOCIEDAD REGIONAL DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, S.R.L., la fundación y constitución de la sociedad mercantil denominada SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L., en los términos previstos en el presente Decreto.

2.- El capital social de la SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L., será enteramente suscrito al tiempo de su constitución por la mercantil SOCIEDAD REGIONAL DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, S.R.L.

Artículo 2.- Actividades.

1.- El objeto de la SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L. consistirá en la realización de las actividades que a continuación se enumeran, vinculadas a la actividad del Gobierno de Cantabria:

a) La gestión, administración, explotación, mantenimiento y conservación, vigilancia, investigación, inventario, regularización, mejora y optimización, valoración, tasación, adquisición y enajenación de los bienes y derechos integrantes o susceptibles de integración en el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como para la construcción y reforma de instalaciones e inmuebles de uso administrativo.

b) La promoción, construcción, ejecución de obras, urbanización, explotación, comercialización, administración y gestión, de edificios públicos, infraestructuras, parques logísticos o industriales, centros comerciales, locales de negocio, edificios de oficinas, viviendas de cualquier régimen, centros de tercera edad y plazas de aparcamiento, y otros cualesquiera bienes y activos inmuebles, propios o ajenos; incluyendo su explotación mediante arrendamiento.

c) La dirección, supervisión y asesoramiento en la ejecución de todo tipo de obras y construcciones.

d) El desarrollo, planeamiento, parcelación y gestión urbanística de los bienes y activos inmobiliarios anteriores.

Redacción de instrumentos de planificación territorial y urbanística. Realización y gestión de trabajos cartográficos y de sistemas de información geográfica.

e) El mantenimiento, conservación, consolidación, restauración, rehabilitación, remodelación, reconstrucción, acondicionamiento e inspección, de bienes y activos inmuebles de cualquier clase.

f) La prestación de servicios de consultoría y asesoramiento en materia inmobiliaria. El diseño y coordinación de proyectos de índole inmobiliaria en general y, en particular, de proyectos inmobiliarios específicos para el Gobierno de Cantabria y sus empresas públicas, así como la colaboración en dicho diseño con otras empresas u organismos públicos o privados.

g) Ejecutar las adjudicaciones de viviendas, locales de negocio y plazas de aparcamiento, siguiendo las instrucciones del Gobierno de Cantabria.

h) La obtención y gestión de la financiación necesaria para el cumplimiento del objeto social.

i) La adquisición, tenencia, disfrute, administración y enajenación de toda clase de valores mobiliarios por cuenta propia, quedando excluidas las actividades que la legislación especial y básicamente la Ley del Mercado de Valores, atribuye con carácter exclusivo a otras entidades.

2.- Las actividades anteriores que integran el objeto de la SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L., podrán ser también desarrolladas indirectamente, a través de la participación en otras sociedades o entidades, salvo en aquellos casos en que la legislación en cada momento vigente exija la separación jurídica de alguna o alguna de ellas, en cuyo caso una de tales actividades se desarrollará de modo directo, y las restantes mediante la titularidad de acciones o participaciones en otras sociedades.

3.- Las actividades anteriores que integran el objeto de la SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L. se desarrollarán en todo caso en los Estatutos de la sociedad.

Artículo 3.- Capital social.

La cifra originaria del capital social de la SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L. se fija en 500.000 euros, con una prima de emisión o asunción de participaciones de 200.000 euros, que serán desembolsados en su integridad al tiempo de la constitución de la sociedad.

Artículo 4.- Facultades.

La SOCIEDAD GESTORA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DE CANTABRIA, S.R.L. en ningún caso dispondrá de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública.

DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto producirá sus efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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