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  • EDICIÓN DE 03/02/2005
 
 

COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

03/02/2005
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Decreto 8/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, de creación de la Comisión Interdepartamental para el seguimiento del Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón (BOA de 2 de febrero de 2005). Texto completo.

La prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres compete a los poderes públicos, pero también al conjunto de la sociedad, habiéndose adquirido, poco a poco, una mayor concienciación colectiva contra este problema social.

En cumplimiento de lo previsto en el III Plan de Acción Positiva para las Mujeres en Aragón, que incluye entre sus objetivos la erradicación de la violencia de género, el Gobierno de Aragón aprobó el 24 de febrero de 2004, el Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón para el periodo 2004/2007.

Entre los criterios de evaluación del Plan y de los resultados obtenidos se contempla la creación de una Comisión Interdepartamental del Gobierno de Aragón con personal técnico de los Departamentos implicados.

En base a lo anterior, el Decreto 8/2005 crea la Comisión Interdepartamental para el seguimiento del Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón, adscrita al Instituto Aragonés de la Mujer, organismo autónomo dependiente del Departamento de Servicios Sociales y Familia del Gobierno de Aragón.

DECRETO 8/2005, DE 11 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL PARA EL SEGUIMIENTO DEL PLAN INTEGRAL PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN ARAGÓN

La violencia contra las mujeres es, desgraciadamente, una lacra social muy generalizada, no exclusiva de un grupo y afecta a un gran número de mujeres de todas las edades. Prueba de ello es el aumento de denuncias que, año tras año, engrosan las estadísticas oficiales. Se trata de una violación de los derechos más elementales de toda persona, que exige una respuesta de toda la sociedad.

La prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres compete a los poderes públicos, pero también al conjunto de la sociedad, habiéndose adquirido, poco a poco, una mayor concienciación colectiva contra este problema social. Erradicar la violencia contra las mujeres es una tarea que requiere de constantes esfuerzos sociales e institucionales.

En cumplimiento de lo previsto en el III Plan de Acción Positiva para las Mujeres en Aragón, que incluye entre sus objetivos la erradicación de la violencia de género, el Gobierno de Aragón aprobó el 24 de febrero de 2004, el Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón para el periodo 2004/2007, el cual tiene como fines contribuir a la erradicación de la violencia de género, sensibilizar a la sociedad aragonesa sobre la necesidad de tomar conciencia de la gravedad del problema y poner en marcha medidas preventivas con el fin de superar la violencia en todas sus formas.

Entre los criterios de evaluación del Plan y de los resultados obtenidos se contempla la creación de una Comisión Interdepartamental del Gobierno de Aragón con personal técnico de los Departamentos implicados.

Por su parte, el artículo 44.4 del Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, establece, entre otras vías para instrumentar la coordinación administrativa, la de creación de órganos interdepartamentales como el que es objeto de este Decreto.

Por ello, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y Familia y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 11 de enero de 2005, DISPONGO:

Artículo 1º.—Creación.

Se crea la Comisión Interdepartamental para el seguimiento del Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón, adscrita al Instituto Aragonés de la Mujer, organismo autónomo dependiente del Departamento de Servicios Sociales y Familia del Gobierno de Aragón.

Artículo 2º.—Funciones.

Corresponde a la Comisión Interdepartamental para el seguimiento del Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón las siguientes funciones:

a) Coordinar las actuaciones a realizar dentro de los objetivos fijados en Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres en Aragón.

b) Realizar el seguimiento de todas las acciones que los Departamentos del Gobierno Aragón implicados realicen en relación con la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

c) Identificar los obstáculos para el cumplimiento de los objetivos del Plan.

d) Valorar la eficacia de los resultados obtenidos.

e) Cualquier otra que pudiera corresponderle en relación con el Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres en Aragón.

Artículo 3º.—Composición.

1. La Comisión Interdepartamental estará integrada por los siguientes miembros:

—Presidenta: La Consejera del Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de Mujer.

—Vicepresidenta: La Directora del Instituto Aragonés de la Mujer.

—Vocales: Un/una representante de las siguientes áreas de actuación del Gobierno de Aragón: mujer, economía, empleo, inmigración, administración local, interior, vivienda, salud, educación, cultura, servicios sociales, familia, juventud e investigación, a designar por el titular del Departamento u Organismo competente.

—Secretaria: una funcionaria del Instituto Aragonés de la Mujer designada por su Directora.

2. La condición de vocal estará vinculada al cargo o puesto que ocupe la persona designada teniendo una duración indefinida en tanto permanezca en el desempeño de uno u otro y no sea cesado.

3. La Presidenta, a iniciativa propia o a instancia de cualquiera de los miembros de la Comisión, podrá invitar a sus reuniones a las personas que por razón de sus conocimientos o representación estén en condiciones de colaborar con aquélla.

Estas personas actuarán con voz pero sin voto.

Artículo 4º.—Funcionamiento.

1. La Comisión Interdepartamental ajustará su funcionamiento a las normas aplicables a los órganos colegiados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La Comisión se reunirá al menos una vez dentro de cada semestre.

DISPOSICIONES FINALES Primera.—Se faculta a la Consejera de Servicios Sociales y Familia para adoptar las medidas y dictar las normas oportunas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

Segunda.—El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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