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VENTA DE LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS CONCERTADAS

02/02/2005
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Decreto 9/2005, de 27 de enero, por el que se actualizan los precios máximos de venta de las viviendas protegidas concertadas (BOPAP de 1 de febrero de 2005). Texto completo.

DECRETO 9/2005, DE 27 DE ENERO, POR EL QUE SE ACTUALIZAN LOS PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA DE LAS VIVIENDAS PROTEGIDAS CONCERTADAS

La Ley del Principado de Asturias 2/2004, de 29 de octubre, de medidas urgentes en materia de suelo y vivienda, establece en su disposición adicional primera, párrafo segundo, que el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de vivienda, actualizará anualmente, antes del 31 de enero, los precios máximos de venta de las viviendas protegidas concertadas conforme a la variación del Índice General de Precios al Consumo, a nivel nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Este Índice es el 3.2 por ciento.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Vivienda y Bienestar Social y previo acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de enero de 2005,

DISPONGO

Actualizar los precios máximos de venta por metro cuadrado útil de las viviendas protegidas concertadas para el año 2005 en los siguientes términos y conforme a esta distribución territorial:

a) En los concejos de Avilés, Gijón, Llanera, Oviedo y Siero dicho precio máximo será de 1.345,92 euros.

Excepcionalmente, cuando se trate de actuaciones en las que las circunstancias de los terrenos relativas a sus condiciones físicas o a las preexistencias impliquen costes de urbanización extraordinarios que se justifiquen adecuadamente o cuando se trate de actuaciones de rehabilitación, el precio máximo podrá alcanzar la cantidad de 1.426,56 euros.

b) En los concejos de Aller, Cangas del Narcea, Cangas de Onís, Carreño, Castrillón, Corvera, Gozón, Grado, Langreo, Laviana, Lena, Llanes, Mieres, Navia, Noreña, Pravia, Ribadesella, San Martín del Rey Aurelio, Tineo, Valdés y Villaviciosa dicho precio máximo será de 1.223,57 euros. En las actuaciones excepcionales previstas en la letra anterior dicho precio podrá alcanzar los 1.296,87 euros.

c) En los restantes concejos del Principado de Asturias dicho precio máximo será de 1.066,62 euros. Cuando se trate de las actuaciones excepcionales previstas en la letra a) anterior, dicho precio máximo podrá alcanzar la cifra de 1.130,61 euros.

Disposición final

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación.

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