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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN MAM/2571/2002

31/01/2005
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Orden MAM/107/2005, de 17 de enero, por la que se modifica la Orden MAM/2571/2002, de 11 de octubre, que regula la composición y funciones de la Comisión de Retribuciones del Departamento (BOE de 1 de febrero de 2005). Texto completo.

ORDEN MAM/107/2005, DE 17 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN MAM/2571/2002, DE 11 DE OCTUBRE, QUE REGULA LA COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE RETRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO

La Orden de 21 de mayo de 1997, en cumplimiento del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, de creación de las Comisiones Interministerial y Ministeriales de Retribuciones, constituyó la Comisión de Retribuciones del Ministerio de Medio Ambiente, estableciendo su composición, competencias y régimen de funcionamiento. No obstante, dicha disposición fue derogada por la Orden MAM/2571/2002, de 11 de octubre, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión de Retribuciones del Departamento.

Como consecuencia de la nueva estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, aprobada por el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, y desarrollada por el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, es necesario modificar la composición de la Comisión de Retribuciones del Departamento a causa de la supresión de varios órganos administrativos y la creación de otros.

En consecuencia, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero–Los párrafos primero y segundo del apartado segundo de la Orden MAM/2571/2002, de 11 de octubre, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión de Retribuciones del Departamento, quedan redactados de la siguiente forma:

La Comisión de Retribuciones estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: El titular de la Subsecretaría del Departamento.

Vicepresidente: El Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría.

Vocales:

El Director del Gabinete de la Ministra.

Los Jefes de los Gabinetes de la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad y de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático.

El Interventor Delegado.

El Subdirector general que desempeñe las funciones de Jefe de la Oficina Presupuestaria.

El Subdirector general de Recursos Humanos, que actuará como Secretario.

En caso de imposibilidad de asistencia, el Presidente podrá ser sustituido por el Vicepresidente y los vocales podrán ser sustituidos por funcionarios idóneos, designados por la Subsecretaría, a propuesta de los correspondientes vocales titulares. La sustitución del Interventor Delegado corresponderá a un Interventor habilitado como sustituto y la sustitución del Director del Gabinete de la Ministra recaerá en la persona que él designe, que deberá ocupar un puesto de Subdirector general o equivalente.

Segundo.–Quedan derogados los párrafos primero y segundo del apartado segundo de la Orden MAM/2571/2002, de 11 de octubre, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión de Retribuciones del Departamento.

Tercero.–La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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