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IGLESIA DE SANT SALVADOR

26/01/2005
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Resolución CLT/3705/2004, de 22 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 14 de diciembre de 2004, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses, y se delimita su entorno de protección (DOGC de 26 de enero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN CLT/3705/2004, DE 22 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DEL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE 14 DE DICIEMBRE DE 2004, POR EL QUE SE DECLARA BIEN CULTURAL DE INTERÉS NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, LA IGLESIA DE SANT SALVADOR, EN TORREBESSES, Y SE DELIMITA SU ENTORNO DE PROTECCIÓN

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán,

Resuelvo:

.1 Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 14 de diciembre de 2004, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses, y se delimita su entorno de protección.

.2 Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, des de la notificación o publicación.

Acuerdo

de 14 de diciembre de 2004, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses, y se delimita su entorno de protección

Por la resolución de 28 de enero de 1985, del director general del Patrimonio Artístico se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses.

Por la Resolución CLT/1707/2004, de 25 de mayo, se incoó expediente de delimitación de un entorno de protección de la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses, y se acumuló este expediente con el anterior.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d'Estudis Catalans;

Visto que durante la tramitación del expediente se han presentado alegaciones que han sido analizadas y contestadas por la Dirección General del Patrimonio Cultural;

A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:

.1 Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, la iglesia de Sant Salvador, en Torrebesses, según la ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 y en el plano que se publica juntamente con este Acuerdo.

.2 Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento.

.3 Delimitar el entorno de protección de este monumento histórico, cuya justificación se incluye en el anexo 2 y que está representado en el plano que se publica junto con este acuerdo.

Anexo 1

Ubicación y descripción

La iglesia de Sant Salvador está situada en el límite norte de la población, sobre un montículo de rocas y, junto con el Castell-Palau, constituye la referencia visual del pueblo.

Edificada con el derribo previo de un trozo de muralla, no se conoce el nombre de los constructores ni de los promotores. Por sus características estilísticas, el edificio se puede datar en la segunda mitad del siglo XII.

La iglesia es de estilo románico, de nave única cubierta con bóveda de cañón de piedra ligeramente apuntada y reforzada por dos arcos fajones que arrancan de canecillos muy sencillos que la dividen en dos tramos. El ábside tiene planta semicircular y está cubierto por una bóveda de cuarto de esfera. Tiene tres capillas de planta rectangular de diferentes épocas (finales del siglo XIV i siglo XV). Destaca la capilla de Sant Joan Baptista (siglo XV) que está cubierta con bóveda de crucería de factura gótica. Los nervios de la bóveda arrancan de unos capiteles esculpidos situados a media altura. La clave de bóveda tiene una decoración esculpida y en la parte superior del muro norte y oeste de la capilla hay dos escudos con la figura del anillo místico llevando el estandarte de la cruz. También se encuentra en esta capilla el retablo de piedra calcárea dedicado a San Juan Bautista con restos de policromía, datado en la segunda mitad del siglo XIV (restaurado en 1989 por el Servicio de Restauración de Bienes Muebles).

Exteriormente la austeridad de este elemento refuerza su contundencia formal. La existencia de un remate liso en todo su perímetro facilita la lectura de una iglesia fortificada.

Destaca la puerta de la fachada (siglo XIV), formada por un arco de medio punto con tres arquivueltas, una de ellas moldeada en punta de diamante, i sostenidas por tres columnas de fuste liso a cada lado de la puerta. Estas columnas sustentan unos capiteles con decoración vegetal que se repite en el montante formando un friso continuo.

Anexo 2

Justificación del entorno de protección

En la actualidad el pueblo de Torrebesses presenta una dinámica de crecimiento decreciente, debido a su posición territorial y a las limitadas capacidades económicas.

La estructura urbana, propia de una villa radial (antiguos caminos), mantiene como identidad de su pasado medieval un conjunto de edificios, con elementos vernáculos y con importantes paramentos de piedra (Casa Gort, Cal Oró, Cal Mussara...). Conjunto de edificios que prefiguran una trama urbana característica de villa cerrada y que tiene el punto central en el binomio formado por la iglesia románica de Sant Salvador y el Castell-Palau de Escaladei.

La declaración de la iglesia necesita el soporte físico de un entorno que rebase los límites estrictos del edificio y del espacio público adyacente.

Este entorno con voluntad de mínimos, y estrictamente relacionado con la iglesia de Sant Salvador, está limitado al norte por unos terrenos sin edificar, y está justificada su inclusión por la voluntad de referenciar la zona de futuro crecimiento con la iglesia, contextualizando la nueva edificación que tendrá una incidencia directa con la visualización del monumento.

Al oeste el ámbito de protección incluye la manzana de casas conformada por las calles Forn, Clavell y Vileta. Así se protege la fachada principal de la iglesia con criterio de ambientalismo y de mantenimiento de la morfología de este sector y estableciendo un punto de contacto con el futuro entorno del Castell-Palau de Escaladei, con una intención clara de continuidad que enlace el binomio configurado por los dos edificios más representativos de la villa.

Por el este la propuesta es más modesta y se limita a incorporar los edificios de la calle Museu y calle Gort que tienen una incidencia visual respecto al inmueble que se declara.

Con este último criterio se delimita el sector sur con edificios de las calles Gort y Forn, y con el espacio público que vuelve a conectar Sant Salvador con el Castell-Palau.

(Plano omitido)

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