El Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia, reconoce una prestación económica a aquellos ciudadanos de origen español que fueron desplazados en su infancia al extranjero como consecuencia de la Guerra Civil, los denominados “Niños de la Guerra”, para compensar, siquiera en parte, las carencias de este grupo de ciudadanos que vieron truncadas sus perspectivas personales y profesionales como consecuencia del levantamiento militar contra el Gobierno legítimamente constituido.
El texto garantiza a estas personas unos ingresos equivalentes a la cuantía de la pensión contributiva por jubilación para mayores de 65 años sin cónyuge a cargo, que en 2005 es de 6.090 euros al año; es decir, se añade a la pensión que venían percibiendo lo que reste hasta alcanzar dicha cantidad.
También se garantiza a los beneficiarios de esta prestación residentes en el extranjero la cobertura de la asistencia sanitaria, en el caso de que estén excluidos de la misma o el contenido y alcance de su derecho se considere insuficiente.
El colectivo denominado “Niños de la Guerra” está formado por los españoles que tuvieron que abandonar España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, cuando todavía eran menores de 23 años (mayoría de edad legal durante la II República).
La iniciativa tiene como beneficiarios a los miembros del citado colectivo con un menor nivel de ingresos, es decir, aquellos que han tenido que acogerse a pensiones asistenciales por ancianidad a favor de emigrantes españoles y pensiones de jubilación no contributivas de la Seguridad Social.
Actualmente hay un total de 543 posibles beneficiarios de esta medida residentes en el extranjero. Su distribución por países es la siguiente: 237 en Rusia; 5, en Georgia; 33, en Ucrania; 63, en Chile; 127, en México, y 78, en Venezuela.
Además, hay otros 60 “Niños de la Guerra” que residen actualmente en España y no perciben, pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social. De éstos, 37 tienen una pensión asistencial por ancianidad y 23 son beneficiarios de una pensión de jubilación no contributiva o de pensiones asistenciales.