RESOLUCIÓN MAH/39/2005, DE 11 DE ENERO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL ACUERDO DEL GOBIERNO DE 28 DE DICIEMBRE DE 2004, DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN ESPECIAL DE DELIMITACIÓN DEFINITIVA DE LOS ESPACIOS DEL PEIN CABO DE SANTES CREUS, LA PLANA DE SANT JORDI Y LA ACEQUIA MAJOR
Considerando que el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en la sesión de 28 de diciembre de 2004, adoptó el Acuerdo por el que se aprueba definitivamente el Plan especial de delimitación definitiva de los espacios del PEIN cabo de Santes Creus, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major,
Resuelvo:
Hacer público el Acuerdo del Gobierno de 28 de diciembre de 2004, por el que se aprueba definitivamente el Plan especial de delimitación definitiva de los espacios del PEIN cabo de Santes Creus, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major, el cual se transcribe anexo a esta Resolución.
Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOGC, de conformidad con lo que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
ACUERDO
de 28 de diciembre de 2004, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, por el que se aprueba definitivamente el Plan especial de delimitación definitiva de los espacios del PEIN cabo de Santes Creus, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major.
Los espacios naturales cabo de Santes Cruces, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major forman parte del Plan de espacios de interés natural, aprobado por el Decreto 328/1992, de 14 de diciembre. Se encuentran situados en los municipios de L'Ametlla de Mar, en la comarca de El Baix Ebre, y de Vila-seca, en la comarca de El Tarragonès.
Mediante la Resolución del consejero de Medio Ambiente de 21 de diciembre de 2000, se aprobó inicialmente el Plan, el cual ha sido sometido a un periodo de información pública de un mes de duración, habiéndose dado audiencia a las corporaciones locales de los territorios afectados.
Por Resolución del consejero de Medio Ambiente de 5 de julio de 2002, se aprobó provisionalmente el Plan.
Se han recogido los informes del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, del Consejo de Protección de la Naturaleza, del Centro de la Propiedad Forestal, de los ayuntamientos implicados y todos aquéllos otros que establece la legislación.
El contenido y la tramitación del Plan se ha sujetado a aquello que dispone el artículo 8.5 del Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural.
A propuesta del consejero de Medio Ambiente y Vivienda, el Gobierno de la Generalidad acuerda:
Aprobar definitivamente el Plan especial de delimitación definitiva de los espacios del PEIN cabo de Santes Creus, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major, de acuerdo con el plano de delimitación territorial que se adjunta en el anexo 1 y la descripción de los límites que se hace constar en el anexo 2.
Anexo 1
Plano de la delimitación definitiva de los espacios del PEIN cabo de Santes Creus, La Plana de Sant Jordi y la acequia Major.
(Imagen omitida)
Anexo 2
Descripción de la delimitación detallada de los límites de los espacios objeto del Plan especial.
Delimitación del espacio
Cabo de Santes Creus
Término municipal de L'Ametlla de Mar
El punto de inicio de la delimitación de este espacio se sitúa en el extremo norte del espacio, justo en el puente que salva el curso del torrente de Santes Creus de la carretera que da acceso a la urbanización Els Argelins. A partir de este punto inicial de delimitación el límite continúa, aguas abajo del torrente y recorriendo su margen izquierdo, hasta llegar a la playa y en la misma línea de costa. En este punto el límite del espacio se proyecta mar adentro en línea recta hasta la coordenada geográfica 0º 47' 36” Este, 40º 51' 26” Norte (punto UTM 314003.40, 4525345.31).
En este punto el límite continúa también en línea recta y en dirección sudoeste hasta la coordenada geográfica 0º 46' 34” Este, 40º 50' 45” Norte (punto UTM 312523.03, 4524119.66). Estas coordenadas incorporan al espacio una franja marina que coincide, aproximadamente, con la cota batimétrica de los 20 metros de profundidad. A partir de la segunda coordenada el límite del espacio se desplaza otra vez en línea recta en dirección oeste hasta encontrar nuevamente la costa, al norte de la Punta de l'Àliga, en el punto donde empieza un camino que separa la zona urbanizada de la zona agrícola.
El límite del espacio continúa hacia el interior en dirección oeste-norte-oeste por el camino mencionado hasta encontrar la curva de nivel 25 m, que coincide aproximadamente con un margen entre cultivos.
En este punto el límite continúa por esta cota en dirección norte hasta encontrar la línea del ferrocarril de la RENFE. El límite continúa en dirección nordeste por el margen de la vía del ferrocarril durante unos 1.200 metros hasta encontrar, nuevamente, la carretera que da acceso a la urbanización Els Argelins. El límite del espacio continúa por el margen derecho de esta carretera a lo largo de unos 1.000 metros hasta que llega al puente que salva el torrente de Santes Creus, punto inicial de esta delimitación.
Delimitación del espacio
la Plana de Sant Jordi
Término municipal de L'Ametlla de Mar
El punto inicial de la descripción es la carretera N-340, en el punto que cruza por encima del barranco de Les Llisses.
Desde este punto el límite del espacio va en dirección norte siguiendo el dominio público hidráulico por su margen izquierda (incluye el cauce del barranco), hasta llegar a encontrar el camino de la urbanización Calafat en la antigua carretera N-340.
En este punto el límite gira al oeste por el mismo camino hasta encontrar la antigua carretera N-340. Continúa por la carretera en dirección sudoeste hasta llegar al límite de suelo urbanizable programado (clave B) de Sant Jordi d'Alfama.
En este punto el límite coge dirección este siguiendo el límite de suelo urbanizable hasta llegar a la carretera N-340, punto donde coge dirección noroeste siguiendo la carretera hasta el punto inicial.
Delimitación del Espacio Acequia Major
Término municipal de Vila-seca
La delimitación del espacio consiste en un polígono determinado por 40 puntos, cuyas coordenadas UTM son las siguientes:
1- 346937,651
4550037,740
2- 347067,441
4550021,887
3- 346844,600
4550020,808
4- 346824,366
4550003,439
5- 346870,044
4549993,981
6- 346968,522
4549975,609
7- 346829,369
4549930,847
8- 347143,990
4549884,041
9- 346706,922
4549839,437
10- 347035,108
4549795,090
11- 346811,288
4549774,042
12- 346726,082
4549753,749
13- 346899,211
4549711,765
14- 346864,827
4549707,249
15- 347099,915
4549672,924
16- 346996,527
4549620,505
17- 347111,807
4549593,337
18- 346950,192
4549589,217
19- 347106,318
4549576,834
20- 346997,368
4549481,660
21- 347009,030
4549473,886
22- 346977,963
4549420,268
23- 347000,518
4549404,863
24- 346878,446
4549224,650
25- 346873,914
4549201,484
26- 346850,550
4549127,150
27- 346902,018
4549088,322
28- 346920,421
4549075,277
29- 346710,221
4549057,843
30- 346693,716
4549054,427
31- 346680,461
4549045,907
32- 346710,259
4549037,354
33- 346918,704
4549018,859
34- 346898,704
4549018,787
35- 346775,451
4548993,054
36- 346709,664
4548911,126
37- 346899,139
4548896,626
38- 346855,437
4548890,078
39- 346747,027
4548869,689
40- 346769,765
4548867,335
Esta delimitación excluye los edificios y los terrenos urbanizables.
Quedan excluidos del ámbito del Plan los terrenos que el planeamiento urbanístico vigente haya clasificado como suelo urbano o urbanizable, salvo aquéllos que tengan la calificación de zona verde, sistema de espacios libres o similares.