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  • EDICIÓN DE 20/01/2005
 
 

EL NUEVO IRPF INCORPORA DEDUCCIONES EN FAVOR DE QUIÉN INVIERTA EN FONDOS PATRIMONIALES PARA DISCAPACITADOS

20/01/2005
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Los contribuyentes que realicen aportaciones al patrimonio protegido de un discapacitado podrán reducirse de su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas un máximo de 8.000 euros anuales en la declaración de la renta de 2004, siempre y cuando tengan una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado con el discapacitado, o bien sean su cónyuge o quienes lo tengan a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.

Esta novedad, aprobada en 2003 por el anterior Ejecutivo, entra en vigor en la campaña de la renta de este año y tiene como objetivo favorecer la constitución de estos fondos patrimoniales vinculados a la satisfacción de las necesidades vitales de las personas con discapacidad.

Las aportaciones realizadas, que podrán ser dinerarias o no dinerarias, darán derecho a reducir la base imponible de quien las realice, con el límite máximo de 8.000 euros anuales, mientras que el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que efectúen aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido no podrá exceder de 24.250 euros al año.

Cuando las aportaciones excedan de los límites previstos o en aquellos casos en que no proceda la reducción por insuficiencia de base imponible, se tendrá derecho a reducción en los cuatro periodos impositivos siguientes. Por el contrario, no darán derecho a reducción las aportaciones efectuadas por el propio contribuyente discapacitado.

También darán derecho a reducir de la base imponible las aportaciones realizadas a planes de pensiones, mutualidades de previsión social y planes de previsión asegurados por parte del propio minusválido y de los parientes del mismo.

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