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  • EDICIÓN DE 19/01/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL INSTITUTO NAVARRO DE BIENESTAR SOCIAL

19/01/2005
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Decreto Foral 381/2004, de 27 de diciembre, por el que se modifican los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social (BON de 19 de enero de 2005). Texto completo.

DECRETO FORAL 381/2004, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ESTATUTOS DEL INSTITUTO NAVARRO DE BIENESTAR SOCIAL

Por Decreto Foral 20/2004, de 26 de enero, modificado por Decreto Foral 261/2004, de 19 de julio, se aprobaron los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social.

En ejecución de sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, procede modificar el artículo 24.2 de los citados Estatutos.

El artículo 50 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, dispone que corresponde al Gobierno la creación, modificación y supresión de los organismos autónomos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra de Navarra en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2004,

DECRETO:

Artículo único._Se modifica el artículo 24.2 del Decreto Foral 20/2004, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social, que quedará con la siguiente redacción:

“Artículo 24.2. Los Directores de Centros de carácter residencial de las áreas de Tercera Edad y Discapacitados dependientes del Instituto Navarro de Bienestar Social, sin perjuicio de los derechos adquiridos por los titulares de dichos puestos de trabajo, serán nombrados y separados libremente por el Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, a propuesta del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar Social, de entre el personal perteneciente a la plantilla de la Administración de la Comunidad Foral y de sus organismos autónomos.

DISPOSICIÓN FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, debiendo ser notificado al Servicio de Asesoría Jurídica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, a los oportunos efectos.

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