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AYUDAS PARA FOMENTAR LA CALIDAD AGROALIMENTARIA

19/01/2005
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Resolución de 11 de enero de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se convocan para el año 2005 las ayudas previstas en la Orden que se cita (para fomentar la calidad agroalimentaria) (BOJA de 19 de enero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 11 DE ENERO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2005 LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN QUE SE CITA (PARA FOMENTAR LA CALIDAD AGROALIMENTARIA)

La Orden de 11 de julio de 2002 (BOJA núm. 87, de 25 de julio) tiene por objeto el desarrollo normativo parcial de la Sección 3.ª, sobre ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los Sectores Agrícola, Ganadero y Forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006.

Según lo indicado en el artículo 8.1 de la citada Orden, anualmente y mediante Resolución del titular de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, se realizará la convocatoria pública para acogerse a las ayudas reguladas por esta Orden.

En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas, RESUELVO

Primero. Se convocan para el año 2005 las ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, previstas en la Sección 3.ª del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, y reguladas en la Orden de 11 de julio de 2002.

Segundo. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo que figura en el Anexo de la Orden citada.

Tercero. El plazo de presentación de solicitudes se establece desde el 1 de febrero hasta el 31 de octubre de 2005 ambos inclusive.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Orden de 11 de julio de 2002, la concesión de estas ayudas quedará sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias existentes de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Quinto. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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