Los juicios rápidos civiles -contenidos en la disposición adicional quinta de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil- se refieren a los siguientes supuestos: reclamaciones de cantidades no superiores a 3.000 euros; desahucios de finca urbana por falta de pago y reclamaciones de rentas acumuladas a la acción de desahucio; demandas de nulidad, separación o divorcio solicitados de mutuo acuerdo o por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro, y medidas cautelares y provisionales en materia de familias.
Junto a representantes del Ministerio de Justicia, organizador de este programa de prueba, y de la consejería de Justicia de Madrid, en la reunión de ayer participaron representantes del Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado, el Consejo General de la Abogacía y el Consejo General de los Procuradores de España.
Estos encuentros se repetirán en días sucesivos en La Laguna (Canarias), Vigo, Jaén y Valencia, que son las otras cuatro ciudades seleccionadas para la experiencia-piloto.
Junto a los mencionados representantes estatales y autonómicos, en cada una de estas ciudades asistirá el Juez-Decano respectivo y el Secretario Judicial responsable de los Servicios Comunes o del Decanato, y en algunas de las ciudades intervendrán también el presidente de la Audiencia Provincial y el Fiscal Jefe.
El objetivo que se ha marcado el Ministerio de Justicia es la creación de Oficinas de Señalamiento Inmediato en estas cinco ciudades, para poner a prueba la capacidad de celebración de estos juicios con gran celeridad. Y a partir de estos experimentos, los encuentros se harán extensibles a otros partidos judiciales que también cuenten con separación entre Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción.
La implantación de los juicios rápidos en materia civil será decisiva para conseguir la agilización de la Justicia. Así, teniendo en cuenta las reformas en esta materia, en los procesos de separación y divorcio planteados de mutuo acuerdo podrían darse sentencias en el plazo de unas semanas.