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  • EDICIÓN DE 17/01/2005
 
 

COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO “ARAGÓN 2008”

17/01/2005
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Decreto 3/2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008” (BOA de 17 de enero de 2005). Texto completo.

DECRETO 3/2005, DE 11 DE ENERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO “ARAGÓN 2008”

El Decreto legislativo 1/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón, en su artículo 17 dispone que el Gobierno de Aragón podrá constituir Comisiones Delegadas como órganos de trabajo de carácter interno para preparar asuntos que afecten a la competencia de dos o más departamentos y elaborar directrices, programas o actuaciones de carácter interdepartamental.

La designación de Zaragoza como sede de la Exposición Internacional de 2008, sobre el agua y el desarrollo sostenible, tiene una excepcional importancia, tanto por su repercusión en la realización de infraestructuras y creación de equipamientos y servicios como por la oportunidad de proyectar Zaragoza a nivel internacional, difundiendo una imagen que pueda atraer a inversores y visitantes.

Esta excepcional oportunidad de desarrollo debe ser aprovechada por Aragón en su conjunto, asegurando la coordinación de infraestructuras y equipamientos y la proyección de las oportunidades que genera en todo su territorio. La concentración de inversiones en Zaragoza, exigidas por la adecuada realización de la Exposición Internacional, no debe suponer en ningún caso una menor atención o un retraso en los proyectos a realizar en el resto de Aragón, y, por otra parte, exige la coordinación de todas las acciones que puedan promover la mayor repercusión posible de los efectos positivos de esa Exposición Internacional sobre el conjunto de Aragón. Con esas finalidades se estima conveniente constituir una Comisión Delegada del Gobierno de Aragón que promueva y efectúe el seguimiento de esos objetivos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 11 de enero de 2005, DISPONGO:

Artículo primero.

Se crea la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008” como órgano colegiado que tiene por objeto la deliberación y propuesta al Gobierno de cuantas actuaciones sean adecuadas para contribuir al mejor desarrollo de la Exposición Internacional de Zaragoza de 2008 en aquellos aspectos de competencia de la Comunidad Autónoma y para potenciar su repercusión sobre el conjunto de Aragón.

Artículo segundo.

Son funciones de la Comisión Delegada del Gobierno “Aragón 2008”:

a) el estudio, preparación y deliberación sobre asuntos y decisiones relacionados con la Exposición Internacional de 2008 respecto de los que sea competente el Gobierno de Aragón.

b) la coordinación de actuaciones en estas materias que afecten a dos o más Departamentos.

c) el impulso y propuesta de todas aquellas actuaciones en realización o en proyecto que contribuyan a la repercusión sobre todo el territorio aragonés de las oportunidades de desarrollo que plantea la celebración de la Exposición Internacional de 2008.

d) el seguimiento y control de todas esas actuaciones.

Artículo tercero.

1. La presidencia de la Comisión corresponde al Presidente del Gobierno, quien podrá delegarla en el Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales.

2. Forman parte de la Comisión como vocales el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo; el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes; el Consejero de Industria, Comercio y Turismo; la Consejera de Educación, Cultura y Deporte; el Consejero de Medio Ambiente, y el Consejero de Ciencia, Tecnología y Universidad.

3. Actuará como Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, el Director de la Oficina de Seguimiento Estratégico de la Presidencia.

4. La Comisión podrá recabar de todos los Departamentos interesados la asistencia técnica necesaria para la organización de las reuniones y la gestión administrativa dimanante de sus acuerdos.

Artículo cuarto.

La Comisión se reunirá al menos una vez al mes, y siempre que sea convocada por su Presidente.

Disposición final.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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