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  • EDICIÓN DE 11/01/2005
 
 

CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIA

11/01/2005
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A continuación se insertan los conflictos positivos de competencia publicados en el BOE de 12 de enero de 2005.

Conflicto positivo de competencia núm. 2317-2003, promovido por el Gobierno de Aragón, en la relación con la certificación de 20 de enero de 2003, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, del proyecto de encauzamiento del río Sosa en el casco urbano de Monzón (Huesca).

El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de diciembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Gobierno de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 2317-2003, planteado en relación con la certificación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, de 20 de enero de 2003, sobre afección de los proyectos y actuaciones a la conservación de la diversidad en Zonas de Especial Conservación y en Zonas de Especial Protección de las Aves, expedida en relación con el proyecto de encauzamiento del río Sosa en la zona baja del casco urbano de Monzón, provincia de Huesca, declarando extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 3659–2003, promovido por el Gobierno de Aragón, en la relación con la certificación de 17 de febrero de 2003, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, en relación con el proyecto de investigación de la ladera derecha del congosto del río Gállego.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de diciembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Gobierno de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3659-2003, planteado en relación con la certificación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, de 17 de febrero de 2003, sobre afección de los proyectos y actuaciones a la conservación de la diversidad en Zonas de Especial Conservación y en Zonas de Especial Protección de las Aves, expedida en relación con el proyecto de investigación de la ladera derecha del congosto del río Gállego en el paraje de La Raya, declarando extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 421-2004, promovido por el Gobierno de Aragón, en la relación con la certificación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, de 29 de septiembre de 2003, en relación con el proyecto de obra “Autovía de Levante a Francia, CN-234, de Sagunto a Burgos, tramo Teruel (Norte)-Santa Eulalia del Campo (Aragón)”.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de diciembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Gobierno de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm.

421-2004, planteado en relación con la certificación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, del Ministerio de Medio Ambiente, de 29 de septiembre de 2003, sobre afección de los proyectos y actuaciones a la conservación de la diversidad en Zonas de Especial Conservación y en Zonas de Especial Protección de las Aves, expedida en relación con el proyecto de obra “Autovía de Levante a Francia, por Aragón CN-234, de Sagunto a Burgos, tramo Teruel (Norte)-Santa Eulalia del Campo (Aragón)”, declarando extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 2587-2004, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en la relación con la disposición adicional quinta del Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Transplantes y Medicina Regenerativa y contra los artículos 5.b), 1.ª, 2.ª, 4.ª y 5.ª del referido Estatuto.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de diciembre actual, ha acordado tener por desistida a la Letrada de la Junta de Andalucía, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 2587-2004, planteado sobre la disposición adicional quinta del Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Transplantes y Medicina Regenerativa y contra los arts. 5.b), 1.ª, 2.ª, 4.ª y 5.ª y 12.2 del referido Estatuto, declarando extinguido el proceso.

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