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LA TRAMITACIÓN EN EL CONGRESO DEL PLAN IBARRETXE DEPENDERÁ DE LA FORMA DE SU PRESENTACIÓN

04/01/2005
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La tramitación del Plan Ibarretxe en el Congreso dependerá de la fórmula utilizada por el Parlamento Vasco para presentar esta reforma del Estatuto de Gernika ante la Cámara Baja, así como del acuerdo que la Mesa adopte al respecto una vez examinado el documento.

Aunque en principio el Plan Ibarretxe aprobado por el Parlamento Vasco constituye una modificación total de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco, si es registrado en el Congreso bajo la fórmula de una proposición de Ley de una Comunidad Autónoma, podría seguir unos trámites distintos.

En ambos casos, la iniciativa podrá ser defendida ante el pleno del Congreso por una delegación de la Cámara Autonómica vasca integrada por un número máximo de tres parlamentarios.

La tramitación de la reforma de un Estatuto de Autonomía en el Congreso sigue un trámite complejo que se inicia cuando la Mesa de la Cámara califica el texto, tras comprobar que cumple con los requisitos constitucionales y estatutarios establecidos para este procedimiento. Después, cabe la posibilidad de discutirlo directamente y en lectura única, previo acuerdo del pleno, a propuesta de la Mesa, y una vez oída la Junta de Portavoces.

De no hacerlo por esta vía rápida, el trámite ordinario prevé un primer debate de totalidad en el que una delegación del Parlamento Vasco podrá presentar el documento, el cual sólo pasaría al trámite de enmiendas si superara esta primera votación por mayoría absoluta.

Las previsiones reglamentarias para la incorporación de enmiendas a una reforma estatutaria de las autonomías que accedieron al autogobierno por la vía del artículo 151.2 de la Constitución, como es el caso del País Vasco, siguen un complicado sistema.

El Reglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982 prevé la participación en los debates de enmiendas, a celebrar en la Comisión Constitucional, de una delegación de la Asamblea autonómica correspondiente, con el objeto de lograr el consenso respecto a las enmiendas presentadas, que reciben el nombre de “motivos de desacuerdo” (artículo 137).

Habrá un plazo de dos meses para lograr el acuerdo; de no conseguirlo, la comisión se pronunciará sobre las enmiendas en un dictamen que se someterá al pleno de la Cámara. Existe la posibilidad reglamentaria de que el Parlamento Vasco retire su propuesta en cualquier momento de su tramitación ante la Cámara Baja.

Su sometimiento a referéndum exigiría la previa aprobación de la iniciativa por parte de las Cortes Generales. Si el Plan Ibarretxe se discutiera en el Parlamento en atención a lo previsto para las proposiciones de ley debatidas a iniciativa de una Comunidad Autónoma, también debería ser calificado por la Mesa del Congreso para que comience el procedimiento.

Una vez confirmado que cumple con los requisitos legalmente establecidos, según señala el artículo 127 del Reglamento, se tramitaría conforme al artículo 126 de dicha norma.

Asimismo, dicho artículo establece que la iniciativa se remitirá al Gobierno “para que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios”.

Si el Ejecutivo no se niega expresamente a su tramitación en un plazo de treinta días, la proposición de ley podrá ser incorporada al orden del día del pleno para su toma en consideración.

Es en este punto donde la delegación parlamentaria vasca, integrada por un máximo de tres miembros, puede defender su proposición ante el pleno de la Cámara, que deberá dar luz verde a la iniciativa para lograr su pase a comisión con el objeto de incorporar posibles enmiendas. Aquí se seguiría el mismo procedimiento previsto para los proyectos de ley, que finalizaría con el debate en pleno del dictamen elaborado en la comisión.

En otro orden de cosas, el portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Enrique López, ha afirmado que “cabe la posibilidad” de recurrir ante el Tribunal Constitucional el Plan Ibarretxe, si bien recalcó que esa decisión no debe adoptarla el órgano que representa sino que compete al Gobierno que preside José Luis Rodríguez Zapatero.

En este sentido señaló que “la mayor parte” de los responsables políticos y juristas españoles ven inconstitucional la propuesta aprobada el pasado 30 de diciembre en la Cámara de Vitoria. “Está absolutamente en contra de la Constitución y eso es lo que debería de guiar todas las acciones que se realicen a partir de ahora”, advirtió.

En su opinión, el Plan Ibarretxe puede ser recurrido ahora o en otro momento de su tramitación parlamentaria pero considera que “no estamos ante un proceso de reforma de un estatuto, estamos ante un proceso de reforma constitucional, porque lo que se pide abiertamente es la reforma de la Constitución y esto es lo que debemos pensar todos, el Gobierno también”.

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