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PRUEBAS SELECTIVAS PARA LOS CUERPOS DE LA POLICÍA LOCAL

03/01/2005
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Orden de 2 de diciembre de 2004, por la que se actualizan las marcas máximas en pruebas selectivas para el ingreso, promoción interna y movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local (BOJA de 3 de enero de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS MARCAS MÁXIMAS EN PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO, PROMOCIÓN INTERNA Y MOVILIDAD A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE LOS CUERPOS DE LA POLICÍA LOCAL

La experiencia obtenida en la aplicación de la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de mérito para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, aconseja una actualización parcial de la misma, referida a las pruebas de aptitud física que regirán para el ingreso a las categorías de Oficial, Subinspector, Inspector, Intendente, Intendente Mayor y Superintendente de los Cuerpos de la Policía Local, y en concreto, las marcas máximas para la superación de la prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos.

Para ello, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de Ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, y en uso de las facultades conferidas por su disposición final primera, DISPONGO Artículo único:

Se actualiza el Anexo II, en su apartado B.4. Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos, de la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de mérito para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, cuyas marcas máximas exigidas para la superación de la prueba quedan conforme al cuadro siguiente:

Grupos de edad 18-24 25-29 30-34 35-39 40-44 45-49 Hombres 4'05º 4'15º 4'25º 4'35º 4'45º 4'55º Mujeres 4'35º 4'50º 5'05º 5'20º 5'35º 5'50º Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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