Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/11/2004
 
 

III SIMPOSIO UNIVERSITARIO DE DERECHO PROCESAL: LA NUEVA LEY DE ARBITRAJE

22/11/2004
Compartir: 

La Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación plantea en el “III Simposio Universitario de Derecho Procesal: La nueva Ley de Arbitraje”, jornadas organizadas por la Corte Vasca de Arbitraje, el uso del arbitraje para reducir la morosidad empresarial.

A juicio de la Asociación, una adecuada política de gestión de cobro y el uso del arbitraje a los 60 días del vencimiento de esa factura, son las claves para reducir la morosidad empresarial. Está fue parte de la ponencia que impartió Juan José Rodríguez, vocal de la Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación en el transcurso del Simposio celebrado el pasado 19 de noviembre.

Este evento está organizado por la Corte Vasca de Arbitraje en colaboración con la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco con ocasión de la aprobación de la nueva Ley de Arbitraje.

En palabras de uno de los vocales de esta entidad, “para poder luchar contra el deudor intencional es fundamental la previsión y, entre los métodos preventivos, el uso del arbitraje por su rapidez y celeridad frente a la saturación actual que sufren los órganos judiciales y siempre bajo la premisa del respecto a los derechos procesales de audiencia, igualdad y contradicción de las partes”. La mejor solución, pasa por tratar de llevar el problema a una solución pactada, ya que la nueva Ley de arbitraje, que entro en vigor en marzo del 2004, ofrece nuevas posibilidades de cara a exigir el cumplimiento de lo pactado.

Una implantación adecuada del sistema arbitral y de los métodos de ejecución que se prevén en la nueva Ley de Arbitraje podría suponer la reducción de la deuda actual en aproximadamente un 50 por ciento.

Siendo el factor tiempo una de las claves en la recuperación de una deuda es importante conocer que en el primer mes es posible el recobro del 81,21 por cien de la deuda; a los tres meses la cantidad baja al 70,95 que se convierte en 52,37 a los seis meses. Si la deuda no se ha logrado cobrar en un año es muy posible que solo se resuelva un 12,68 del total.

En este sentido, el arbitraje como vía jurisdiccional frente a la jurisdicción ordinaria supone reducir la tramitación del procedimiento, creando con ello el efecto indirecto de aumentar las posibilidades de recobro.

La jornada contó con las intervenciones por la mañana de del Prof.. Manuel Lozano-Higuero Pinto. Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Cantabria para hablar sobre los “Principios procesales y criterios inspiradores de la nueva Ley de Arbitraje. Le siguió Juan Ramón Montero Estévez. Miembro de la Sociedad Española de Arbitraje para explicar cuáles son los “Criterios a utilizar para someterse a arbitraje: posturas a favor y en contra”. La sesión de mañana concluyó con la intervención de Juan Burgos Ladrón de Guevara. Profesor Titular de Derecho Procesal de la Universidad de Sevilla. “La intervención jurisdiccional en el arbitraje” y Prof.. Francisco Ortego Pérez, Profesor Titular de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona. “Las medidas cautelares en el arbitraje”.

La sesión de tarde, además de la intervención de ACAM contó con las aportaciones de Javier Iscar de Hoyos, Secretario General de la asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE) analizando como se ejecuta un Laudo cuando no es cumplido voluntariamente. También participó Alicia Menéndez González, doctora de arbitraje del Instituto Nacional del Consumo para explicar el uso de las nuevas tecnologías en los procedimientos arbitrales. Por último, José Ángel Ruiz, profesor De Derecho Procesal de la Universidad del País Vasco analizó la influencia de la nueva Ley de Arbitraje en el arbitraje de consumo”.

El simposium que fue dirigido por Antonio María Lorca Navarrete miembro del Departamento de Derecho Público de la Universidad del País Vasco. Catedrático de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco. Y Joaquín Silguero Estagnan miembro del Departamento de Derecho Público de la Universidad del País Vasco. Profesor Titular de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco fue todo un éxito de asistencia, concluyó como gran conclusión en la necesidad de trabajar en el fomento y promoción del arbitraje de cara a un mejor uso por parte del ciudadano y del empresario.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana